Sentencia nº 000392-2004/SCO de Sala concursal, 25 de Junio de 2004
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2004 |
Emisor | Sala concursal |
Expediente | 005-2001/04-03/CRP-ODI-CCPL |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 0392-2004/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 005-2001-04-03/CRP-ODI-CCPL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA CON
SEDE EN LIMA
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES UNIÓN VIDA (AFP UNIÓN VIDA)
DEUDOR : TUVALCO IMPORTADORA S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
(TUVALCO)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
FUERO DE ATRACCIÓN
APLICACIÓN DEL PRECEDENTE DE OBSERVANCIA
OBLIGATORIA
INTERESES
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE MAQUINARIAS, EQUIPO Y
MATERIALES
SUMILLA:
(i) De conformidad con el precedente de observancia obligatoria
aprobado por Resolución N°089-2004/SCO-INDECOPI del 17 de
febrero de 2004, en los procedimientos de disolución y liquidación
son susceptibles de reconocimiento los créditos devengados con
posterioridad a la fecha en que se efectuó la difusión del concurso,
así como los devengados durante toda la vigencia de dicho
procedimiento, hasta la declaración judicial de quiebra,
exceptuándose de este tratamiento los honorarios del liquidador y los
gastos necesarios efectuados por éste para el desarrollo adecuado
del proceso de liquidación.
(ii) A partir de la difusión de la situación de concurso del deudor, queda
suspendida la exigibilidad de todas las obligaciones que tuviera
pendientes de pago a dicha fecha, hasta la aprobación del Plan de
Reestructuración o Convenio de Liquidación, en los que se
establezcan condiciones diferentes y la tasa de interés aplicable, lo
que será oponible a todos los acreedores comprendidos en el
concurso. Por expreso mandato de la ley, en el referido período no se
devengan intereses moratorios.
Lima, 25 de junio de 2004
I. ANTECEDENTES
Mediante Resolución N° 0642-2002/CRP-ODI-CCL del 27 de marzo de 2002, la
Comisión reconoció a favor de AFP Unión Vida frente a Tuvalco
1
créditos
1
Por Resolución N° 1058-2001/CRP-ODI-CCPL del 14 de marzo de 2001, la Comisión declaró la insolvencia de Tuvalco,
El 17 de diciem bre de 2001 se publicó un aviso en el diario oficial “El Peruano” por medio del cual se informó sobre la
situación de insolvencia de dicha empresa. P osteriormente, mediante Resolución N° 1735-2003/CDCO-ODI-UDP del 2
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