Sentencia nº 001467-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 25 de Septiembre de 2006
Fecha de Resolución | 25 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Tribunal de Defensa de la Competencia |
Expediente | 014-2005/CPCSUR-PUN |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 1467-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 014-2005/CPCSUR-PUN
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROTECCIÓN AL
CONSUMIDOR ZONA SUR (LA COMISIÓN)
DENUNCIANTE : ANGEL PRIMITIVO SÁNCHEZ SALINAS (EL
SEÑOR SÁNCHEZ)
DENUNCIADA : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO
TACNA S.A. (CAJA MUNICIPAL)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
OBLIGACIÓN DE INFORMAR
IDONEIDAD DEL BIEN O SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: en el procedimiento seguido por el señor Ángel Primitivo
Sánchez Salinas contra la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna
S.A., la Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) confirmar la Resolución N° 140-2005-CPCSUR emitida el 10 de
agosto de 2005 por la Comisión Delegada de Protección al
Consumidor Zona Sur en el extremo en que declaró fundada la
denuncia por infracción a los artículos 5 inciso b) y 15 de la Ley
de Protección al Consumidor, toda vez que la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Tacna S.A. no cumplió con mantener
informado al denunciante sobre la situación de su crédito;
(ii) revocar la Resolución N° 140-2005-CPCSUR en el extremo en que
declaró fundada la denuncia por infracción al artículo 8 de la Ley
de Protección al Consumidor, en consecuencia, declararla
infundada en dicho extremo y dejar sin efecto la medida
correctiva, al haberse acreditado que el señor Ángel Primitivo
Sánchez Salinas aún mantenía una deuda pendiente de pago con
la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A.
(iii) modificar la Resolución Nº 140-2005-CPCSUR en el extremo en
que sancionó a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna S.A.
con una multa de una (1) UIT y, reformándola, sancionarla con
una multa de 0,50 UIT; y,
(iv) confirmar la Resolución Nº 140-2005-CPCSUR en el extremo en
que ordenó a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna S.A.
que cumpla con el pago de las costas y costos en que hubiera
incurrido el señor Ángel Primitivo Sánchez Salinas en el
procedimiento.
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