Sentencia nº 002480-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2179-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2480-2009/SC2-IND ECOPI
EXPEDIENTE 2179-2008/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : DEFENSORÍA DEL CONSUMIDOR
DENUNCIADA : PAPELERA INKA S.A.
MATERIA : OBLIGACIÓN DE INFORMAR
ROTULADO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE ENVASES DE PAPEL Y CARTÓN
SUMILLA: Se confirma la Resolución 147-2009/CPC del 21 de enero de 2009,
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor en el extremo que declaró
fundada la denuncia interpuesta por Defensoría del Consumidor contra Papelera
Inka S.A. por infracción del artículo 7º de la Ley de Protección al Consumidor pues
ha quedado acreditado que la denunciada no consignó su número de registro único
de contribuyente en el empaque del producto denominado papel higiénico de una
hoja “Secreto” paquete por doce (12) rollos.
Asimismo, se revoca la Resolución 147-2009/CPC en el extremo que declaró
fundada la denuncia por infracción del artículo 7º de la Ley de Protección al
Consumidor respecto del contenido neto del producto pues, atendiendo a la
naturaleza del mismo, la denunciada no se encuentra obligada a consignar la
longitud de cada rollo.
Finalmente, se revoca la Resolución 147-2009/CPC en el extremo referido a la multa
de 1 UIT impuesta a Papelera Inka S.A., reformándola, se le impone una
amonestación y en consecuencia, se deja sin efecto el porcentaje de participación
de la multa asignado a Defensoría del Consumidor.
SANCIÓN: Amonestación
Lima, 22 de diciembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 19 de agosto de 2008, Defensoría del Consumidor (en adelante, ADEC)
denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor (en adelante, la Comisión)
a Papelera Inka S.A.1 (en adelante, Papelera Inka) fabricante del producto nacional
papel higiénico de una hoja “Secreto” paquete por doce (12) rollos por no consignar
en el rotulado de dicho producto la información sobre el contenido neto
(específicamente la longitud de cada rollo) y el número de registro único de
contribuyente del fabricante, omisiones que configurarían infracciones de los
artículos 5º literal b), 7º y 15º del Decreto Legislativo 716 - Ley de Protección al
Consumidor.
2. En sus descargos Papelera Inka manifestó, entre otros, que la envoltura del
producto materia de la denuncia adjuntada por ADEC correspondía a una muestra
1 RUC 203 30998432.

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