Sentencia nº 002469-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0012-2006/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2469-2009/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 0012-2006/CPC-I NDECOPI-AQP
( 0001-2009-IAC/CPC-INDEC OPI-AQP)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
DENUNCIANTE : JORGE ANTONIO CÓRDOVA PONCE
DENUNCIADO : CREDISCOTIA FINANCIERA S.A.
MATERIA : PROCESAL
ADHESIÓN A LA APELACIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES AUXILIARES DE INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA
SUMILLA: Se declara improcedente la adhesión a la apelación planteada por
el señor Jorge Antonio Córdova Ponce respecto del recurso de apelación
interpuesto por Crediscotia Financiera S.A., en el extremo referido a la
graduación de la sanción impuesta mediante Resolución 434-
2009/INDECOPI-AQP del 10 de septiembre de 2009, emitida por la Comisión
de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa, puesto que la fijación de
ésta es una potestad pública.
Lima, 22 de diciembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 13 de mayo de 2009 el señor Jorge Antonio Córdova Ponce (en adelante
el señor Córdova) denunció a Crediscotia Financiera S.A.1 (en adelante,
Crediscotia), por presunto incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado
entre las partes.
2. Mediante Resolución 434-2009/INDECOPI-AQP del 10 de septiembre de
2009, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en
adelante, la Comisión), resolvió: (i) declarar fundada la denuncia de
incumplimiento de acuerdo conciliatorio presentada por el señor Córdova en
contra de Crediscotia; (ii) sancionar a Crediscotia con una multa de dos (2)
UIT; y, (iii) ordenar a Crediscotia que en un plazo no mayor a cinco (5) días
hábiles dé cumplimiento al acuerdo conciliatorio consistente en el extorno de
la operación 505-40-001125-1 correspondiente al señor Córdova.
3. El 23 de septiembre de 2009, Crediscotia interpuso recurso de apelación
contra la Resolución 434-2009/INDECOPI-AQP, el cual fue concedido
mediante Resolución 7 del 24 de septiembre de 2009, por lo cual el
1 Con RUC 20255993225 y con domicilio en Cal le San Francisco 20, Cercado, Arequipa, Arequi pa.

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