Sentencia nº 000439-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 18 de Abril de 2005
Fecha de Resolución | 18 de Abril de 2005 |
Emisor | Tribunal de Defensa de la Competencia |
Expediente | 014-2003/01-20/CRP-ODI-UL |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0439-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 014-2003-01-20/CRP-ODI-UL
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE
LIMA (LA COMISIÓN)
DEUDOR : PESQUERA MARÍA MILAGROS S.R.L.
(PESQUERA MARÍA MILAGROS)
ACREEDOR : HECTOR ALBERTO ANGULO SEGURA
(EL SEÑOR ANGULO)
MATERIA : CRÉDITOS LABORALES
CRÉDITOS SUSTENTADOS EN
RESOLUCIONES JUDICIALES
LIQUIDACIÓN DE INTERESES
ACTIVIDAD : PESCA, EXPLOTACIÓN DE CRIADEROS
DE PECES Y GRANJAS PISCÍCOLAS,
ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADAS
CON LA PESCA
Lima, 18 de abril de 2005
ANTECEDENTES
Mediante Resolución N° 2236-2003/CCO-ODI-ULI del 1 de julio de 2003, la
Comisión reconoció a favor del señor Angulo frente a Pesquera María
Milagros
1
créditos de origen laboral ascendentes a S/. 7 385,00 por capital,
derivados de indemnización por despido arbitrario, en mérito a la Resolución
N° 9 emitida por el Juzgado Laboral de Chincha el 22 de abril de 1999, que
ordenó a Pesquera María Milagros el pago de dicho monto, más intereses
legales, costas y costos
2
.
El 26 de febrero de 2004, el señor Angulo invocó tardíamente el
reconocimiento de nuevos créditos de origen laboral frente a la deudora,
ascendentes a S/. 8 197,07 por intereses derivados del capital determinado
en la sentencia judicial señalada anteriormente, adjuntando a su pedido una
autoliquidación de parte.
Mediante Resolución N° 1780-2004/CRP-ODI-UL del 18 de mayo de 2004, la
Comisión declaró improcedente el pedido del señor Angulo señalando que
carecía de competencia para verificar la cuantía y existencia de los intereses
legales, los cuales debían ser determinados por el órgano judicial
competente.
1
Por Resolución N° 874-2003/CCO-ODI-ULI del 11 de marzo de 2003 se declaró la situación de concurso de la
referida empresa, siendo publicado dicho estado el 21 de abril de 2003.
2
Dicha resolución fue confirm ada por la Resolución N° 14 expedida por la Sala Mixta de Chincha el 25 de junio de
1999.
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