Sentencia nº 002753-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente403208-2009/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2753-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 403728-2009
1-28
ACCIONANTE : TOMMY HILFIGER LICENSING, LLC.
EMPLAZADA : REPRESENTACIONES HEROV S.A.C.
Nulidad del acto administrativo: Improcedente - Notificación de los actos
administrativos - Convalidación de notificaciones Riesgo de confusión
entre signos que distinguen productos de la clase 14 de la Nomenclatura
Oficial: Existencia - Apelación de sanción impuesta Costos y costas
Lima, tres de diciembre de dos mil diez
I. ANTECEDENTES
Con fecha 29 de octubre de 2009, Tommy Hilfiger Licensing, LLC. (Estados
Unidos de América) interpuso denuncia por infracción a los derechos de
Propiedad Industrial contra Representaciones Herov S.A.C.. Manifestó lo
siguiente:
(i) Es titular de la marca de producto TOMMY (Certificado Nº 76259),
registrada en la clase 14 de la Nomenclatura Oficial.
(ii) Ha tomado conocimiento, de que la emplazada ha importado mediante
DUA Nº 118-09-10-249123-01-2-00 a efectos de su comercialización y sin
autorización, relojes identificados con el signo TOMMY, los cuales se
encuentran en el depósito de almacenamiento temporal Ransa Comercial.
(iii) Al verificar el signo que se ha incluido en los productos importados, se
advierte que es idéntico al grado de inducir a confusión a los
consumidores respecto a la marca registrada TOMMY.
(iv) Esta situación causa un grave daño económico a los consumidores, ya
que los estándares de calidad de los productos identificados con la marca
TOMMY no se verifican en dichos productos, lo que terminará por causar
daño a la reputación de su empresa.
(v) Solicitó lo siguiente
- Se ordene el cese de los actos que constituyen la infracción,
particularmente, la importación y/o distribución de los productos
infractores.
- Se disponga el retiro de los circuitos comerciales de los productos
resultantes de la infracción, incluyendo los envases, embalajes,
etiquetas, material impreso de publicidad u otros materiales, así como
los materiales y medios que sirvieran para cometer la infracción y se
disponga la prohibición de la importación o de la exportación de tales
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RESOLUCIÓN N° 2753-2010/TPI-INDECOPI
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productos así como la destrucción de los mismos y el cierre temporal
definitivo del establecimiento de la emplazada.
- Se dicte la medida cautelar de comiso de los productos infractores
importados por la emplazada y el cese de los actos violatorios.
- Se imponga a la emplazada la sanción de multa.
- Se ordene el pago de costos y costas del procedimiento.
Adjuntó medios probatorios destinados a sustentar sus argumentos.
Mediante resolución de fecha 29 de octubre de 2009, la Secretaría Técnica de
la Comisión de Signos Distintivos:
- Admitió a trámite la denuncia y corrió traslado de la misma a la emplazada
por el plazo de 5 días hábiles.
- Dispuso que se practique inspección en el local del Terminal de
Almacenamiento Ransa Comercial o en el lugar en el que se encuentren
los productos correspondientes a la D.U.A. Nº 118-09-10-249123-01-2-00,
a fin de verificar los hechos denunciados.
- Dictó la medida cautelar consistente en el cese de uso por parte de la
emplazada de los signos constituidos por las denominaciones TOMMY y/o
TOMMY SPORT, usadas en forma aislada o conjuntamente con otros
elementos e independientemente del color y la forma de las letras y
demás elementos que se le pudiera haber adicionado, para distinguir
productos de la clase 14 de la Nomenclatura Oficial, así como de material
publicitario, precisando que dicha medida incluye la prohibición por parte
de la emplazada, de importar, exportar y realizar demás actos de comercio
sobre productos de la clase 14 de la Nomenclatura Oficial distinguidos con
el referido signo.
- De verificarse en la diligencia de inspección ordenada la existencia de
relojes y/u otros productos de la clase 14 de la Nomenclatura Oficial, en
los que se use los signos constituidos por las denominaciones TOMMY y/o
TOMMY SPORT, usados en forma aislada o conjuntamente con otros
elementos e independientemente del color y la forma de las letras y
demás elementos que se le pudiera haber adicionado, el comiso de tales
artículos incluyendo catálogos y folleteria.
Con fecha 29 de octubre de 2008, se llevó a cabo la diligencia de inspección en
el almacén de Ransa Comercial, dejándose constancia de lo siguiente:
(i) Se procedió a verificar la mercadería correspondiente a la D.U.A. Nº 118-
2009-10-249123-01-2-00 de propiedad de Representaciones Herov S.A.C.
constatándose lo siguiente:

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