Sentencia nº 000424-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente402-2009//CCO-INDECOPI-04-01
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0424-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 402-2009/C CO-INDECOPI-04-01
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : IMPORTACIONES LOPEMAN E.I.R.L. EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PRIMA AFP S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
REMUNERACIÓN ASEGURABLE MÁXIMA
ACTIVIDAD : VENTAS AL POR MENOR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 1956-2010/CCO-INDECOPI del 17 de
marzo de 2010, que declaró infundada la solicitud de reconocimiento de
créditos previsionales impagos presentada por Prima AFP S.A. frente a
Importaciones Lopeman E.I.R.L. en Liquidación; debido a que los créditos *-
invocados, ascendentes a S/. 648,40 por capital y S/. 5 307,80 por intereses,
fueron calculados sobre la base de la Remuneración Asegurable Máxima del
seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, base presunta que
no otorga certeza respecto de la existencia y cuantía de los aportes
previsionales solicitados, criterio interpretativo que además ha sido
ratificado por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la
Corte Suprema de Justicia de Lima mediante la Sentencia Casatoria Nº 427-
2009 del 28 de octubre de 2009.
Lima, 17 de febrero de 2011
I. ANTECEDENTES
1. El 16 de diciembre de 2009, Prima AFP S.A. (en adelante, Prima) solicitó ante
la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) el reconocimiento de créditos previsionales frente a la
Importaciones Lopeman E.I.R.L. en Liquidación.1 (en adelante, Importaciones
Lopeman) ascendentes a S/. 648,40 por capital y S/. 5 307,80 por intereses.
2. El 15 de enero de 2010, la Secretaría Técnica de la Comisión solicitó a la
empresa deudora que manifestara su posición respecto de la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por Prima. Asimismo, le requirió que
cumpla con presentar la parte pertinente del Libro de Planillas, boletas de pago
o la documentación necesaria que acreditara la remuneración real percibida
por los trabajadores
1 El 23 de noviembre de 2009 se publicó la disolución y liquidación de Importaciones Loperman E.I.R.L. en
Liquidación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR