Sentencia nº 000004-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Enero de 2013

Fecha de Resolución 7 de Enero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente113-2012/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0004-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 113-2012/CCO-INDECOPI
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : MILAGROS YSABEL DÍAZ CASTILLA
ACREEDOR : FICO RUBEN SURCO ÁLVAREZ
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN AL AMPARO DEL
OPOSICIÓN
IMPROCEDENCIA
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 4299-2012/CCO-INDECOPI del 10 de
julio de 2012, que declaró improcedente la oposición formulada por la
señora Milagros Ysabel Díaz Castilla el 2 de julio de 2012, dado que no
procede cuestionar la declaración de disolución y liquidación de su
patrimonio, por ser un pronunciamiento que la autoridad administrativa
debe acatar al estar contenido en un mandato judicial firme emitido al
amparo de lo establecido en el artículo 692-A del Código Procesal Civil, por
lo que cualquier cuestionamiento respecto a lo determinado en el proceso
judicial deberá ser planteado ante el órgano jurisdiccional competente.
Lima, 7 de enero de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 8 del 10 de octubre de 2011, el Primer Juzgado de Paz
Letrado Civil Laboral de San Juan de Miraflores declaró la disolución y
liquidación del patrimonio de la señora Milagros Ysabel Diaz Castilla (en
adelante, la señora Diaz), de acuerdo con lo establecido en el artículo 692-A
2. Por Oficio 1139-2009-1º-JPL-CI del 8 de junio de 2012, dicho órgano
jurisdiccional remitió a la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur
(en adelante, la Comisión), copias certificadas del Expediente 01139-2009,
correspondiente al proceso de obligación de dar suma de dinero seguido por
el señor Fico Rubén Surco Álvarez (en adelante, el señor Surco) frente a la
señora Díaz.
3. Por Resolución 4013-2012/CCO-INDECOPI del 18 de junio de 2012, la
Comisión dispuso la publicación de la disolución y liquidación del patrimonio
de la señora Diaz en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto en
el artículo 32 de la Ley General del Sistema Concursal (en adelante, LGSC).
Asimismo, requirió a la deudora para que, en un plazo no mayor de diez días
hábiles posteriores a la referida publicación bajo apercibimiento de multa,

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