Sentencia nº 001314-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Julio de 2011

Fecha de Resolución19 de Julio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente048-2010/CCD-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCION 1314–2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 048-2010/C CD-INDECOPI-CUS
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CUSCO
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
DENUNCIADA : PUEBLO ANDINO S.R.L.
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
ACTOS DE ENGAÑO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : SERVICIOS DE HOSPEDAJE
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 562-2010/INDECOPI-CUS del 27 de
diciembre de 2010, mediante la cual la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de Cusco sancionó a Pueblo Andino S.R.L. por la comisión de actos
de competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto establecido en
el artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 - Ley de Represión de la
Competencia Desleal, al haber quedado acreditado que la denunciada
promocionó los servicios de su establecimiento de hospedaje como un
“Hostal”, sin contar en su oportunidad con un certificado emitido por la
autoridad competente que le otorgue dicha clasificación.
Asimismo, se MODIFICA la Resolución 562-2010/INDECOPI-CUS, en el
extremo que sancionó a Pueblo Andino S.R.L. con una multa ascendente a
2,5 Unidades Impositivas Tributarias; y, reformándola, se le sanciona con
una amonestación, teniendo en consideración que la denunciada obtuvo el
certificado correspondiente emitido por la Dirección Regional de Comercio
Exterior y Turismo del Cusco – DIRCETUR durante el trámite del presente
procedimiento, por lo que no se ha producido una afectación real en el
mercado.
SANCIÓN: AMONESTACIÓN
Lima, 19 de julio de 2011
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 01 del 25 de agosto de 2010, la Secretaría Técnica de la
Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI de Cusco (en adelante, la
Comisión) inició de oficio un procedimiento contra Pueblo Andino S.R.L. (en
adelante, Pueblo Andino)1, por la presunta comisión de actos de engaño,
infracción recogida en el artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 - Ley de
Represión de la Competencia Desleal. De acuerdo con la Secretaría Técnica
de la Comisión, la imputada venía promocionando su establecimiento a
1 R.U.C.: 20450568482.

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