Sentencia nº 000934-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0264-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 0934-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0264-2007/ CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : PERCRAFT S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
IMPUGNANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN AL AMPARO DEL
DESIGNACIÓN DE OFICIO DE LIQUIDADORA
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL
ACTIVIDAD : ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES – TELAS
SUMILLA: se confirma la Resolución 1692-2009/CCO-INDECOPI del 16 de
febrero de 2009 que dejó sin efecto la designación de Soluciones Concursales
& Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de Percraft S.A.C. en
Liquidación y, en aplicación del artículo 97.4 de la Ley General del Sistema
Concursal, declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario y
dispuso la remisión de los actuados al juzgado de origen a efectos de que se
declare la quiebra de la deudora, al haberse constatado que Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. no cumplió con constituir a favor del
Indecopi la carta fianza requerida dentro del plazo de treinta (30) días hábiles
dispuesto por la Comisión, por lo que ha quedado sin efecto su designación
de pleno derecho de conformidad con el artículo 120 de la Ley General del
Lima, 1 de septiembre de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 9495-2007/CCO-INDECOPI del 10 de septiembre de
2007, la Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión)
dispuso la publicación de la disolución y liquidación de Percraft S.A.C. (en
adelante, Percraft) en el diario oficial “El Peruano”, en atención a lo dispuesto
en el artículo 703 del Código Procesal Civil y el artículo 32 de la Ley General
del Sistema Concursal1.
2. Mediante aviso publicado en el diario oficial “El Peruano” el 21 de mayo de
2008, se convocó a la Junta de Acreedores de Percraft para el 9 de junio de
2008 (única convocatoria), a efectos de que adopten las decisiones a que se
1 Por Oficio 2005-27020-0-1801-JP-LA-08 del 1 3 de agosto de 2007, el Octavo J uzgado de Paz L etrado de Lima Cercad o
remitió a l a Comisión copia certificada del exp ediente judicial correspondient e al proceso seguido por Profut uro AFP
contra Percraft sobre obligación de dar suma de dinero, ordenándole que proceda a la disol ución y liquidación de Percraft
según lo dispuesto en la Res olución 7 del 29 de noviembre de 2006.
2 LEY GENERAL DEL SISTEMA CONCUR SAL. Artículo 50.- Instalación de la Junta de Acreedores
(…)

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