Sentencia nº 000789-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 7 de Junio de 2006

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1309-2005/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0789-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1309-2005/CPC
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
(LA COMISIÓN)
DENUNCIANTE : RÉGULO BERNARDO PEÑA MAYORCA (EL
SEÑOR PEÑA)
DENUNCIADOS : TRANS AMERCIAN AIRLINES S.A. (TACA)
KLM COMPAÑÍA REAL HOLANDESA DE
AVIACIÓN SUCURSAL EN EL PERÚ (KLM)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACION DE LA SANCION
PAGO DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : TRANSPORTE REGULAR POR VIA AEREA
SUMILLA: en el procedimiento sobre infracciones a la Ley de
Protección al Consumidor seguido por el señor Régulo Bernardo Peña
Mayorca contra Trans American Airlines S.A. y KLM Compañía Real
Holandesa de Aviación Sucursal en el Perú, esta Sala ha resuelto
confirmar la Resolución 0252-2006/CPC que declaró fundada la
denuncia contra KLM Compañía Real Holandesa de Aviación Sucursal
en el Perú, por infracción al artículo 8º de la Ley de Protección al
Consumidor, sancionándola y ordenándole el pago de las costas y
costos del procedimiento.
SANCIÓN: 0,5 UIT
Lima, 7 de junio de 2006
I ANTECEDENTES
El 7 de setiembre de 2005 el señor Peña denunció a TACA y a KLM por
infringir la Ley de Protección al Consumidor en la prestación del servicio de
transporte aéreo de pasajeros.
El denunciante señaló que viajó desde Estocolmo a Lima empleando los
servicios de KLM y TACA. Indicó que facturó su equipaje en Estocolmo, para
ser trasladado por KLM hasta la ciudad de Quito, donde efectuó un trasbordo
para ser transportado por TACA hasta la ciudad de Lima. Al llegar a su
destino, su equipaje se había extraviado.
Presentado el reclamo ante KLM, ésta le informó que la responsabilidad era
de TACA quien tuvo a su cargo su traslado en el tramo final. No obstante,
KLM le reconoció, como responsable solidario, el pago de US$ 1 500,00 por
el equipaje extraviado, pero esta suma era inferior al valor de los bienes
declarados: una computadora Laptop MEDION 95550OSF, software Finance
Prong., cámara digital Sony, VIDEO CÁMARA DIGITAL JVCGCMZ500,

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