Sentencia nº 000335-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 8 de Mayo de 2002

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente022-2001/CRP-PIURA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0335-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 022-2001/CRP-PIURA
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO DE PIURA (LA
COMISION)
DEUDOR : CARLOS HERNAN LEON TRELLES (EL SEÑOR LEON)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO DE DECLARACION DE
INSOLVENCIA A SOLICITUD DEL DEUDOR
INEXISTENCIA DE CONCURSO
ACTIVIDAD : CULTIVO DE ARBOLES FRUTALES
SUMILLA: se confirma la Resolución Nº 017-2002/CRP-ODI-CCPL emitida por
la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada
del Indecopi en la Cámara de Comercio de Piura el 30 de enero de 2002, que
declaró la conclusión del procedimiento de declaración de insolvencia del
señor Carlos Hernán León Trelles por inexistencia de concurso, toda vez
que dentro del plazo establecido en el artículo 22° y 27° de la Ley de
Reestructuración Patrimonial, se ha reconocido los créditos invocados por
un solo acreedor, con lo cual no existe la pluralidad de acreedores exigida
en la referida Ley para la tramitación del procedimiento concursal.
Lima, 8 de mayo de 2002
I ANTECEDENTES
Mediante Resolución Nº 541-2001/CRP-ODI-PIURA del 10 de agosto de 2001, la
Comisión declaró la insolvencia del señor Carlos Hernán León Trelles, atendiendo
a que demostró haber tenido pérdidas acumuladas, deducidas las reservas, cuyo
importe es mayor a las dos terceras partes de su capital; en consecuencia, se
publicó el aviso respectivo en el diario oficial "El Peruano" el 27 de agosto de
2001. En dicho anuncio, conforme a lo dispuesto en el artículo 22° de la Ley de
Reestructuración Patrimonial, en adelante la Ley, se señaló como fecha límite
para la presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos el 25 de
setiembre de 2001.
Por Resolución Nº 017-2002/CRP-ODI-PIURA del 30 de enero de 2002, la
Comisión declaró el fin del proceso de insolvencia del señor León por inexistencia
de concurso, levantó su estado de insolvencia y ordenó el archivo del expediente,
toda vez que dentro del plazo previsto en el artículo 22° de la Ley sólo se
reconocieron los créditos de un acreedor.
El 11 de febrero de 2002, el señor León apeló de dicha resolución alegando que
la comisión habría reconocido créditos bajo la condición de contingentes y en
forma tardía, para lo cual adjuntó la siguiente documentación:

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