Sentencia nº 000601-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3057-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0601-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3057-2008/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
LIMA
DENUNCIANTE : LUIS EDUARDO ODA RAMÍREZ
DENUNCIADO : TIENDAS POR DEPARTAMENTO RIPLEY S.A.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
DEBER DE INFORMACIÓN
MEDIDA CORRECTIVA
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA MINORITARIA OTROS PRODUCTOS EN
ALMACÉN
VENTA MINORITARIA PRODUCTOS TEXTILES,
CALZADO
SUMILLA: Se confirma la Resolución 1605-2009/CPC del 1 de junio de 2009
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor en el extremo apelado
que declaró fundada la denuncia interpuesta por el señor Luis Eduardo Oda
Ramírez contra Tiendas por Departamento Ripley S.A. por infracción de los
artículos 8º y 20º del Decreto Legislativo 716, al haber quedado acreditado
que la denunciada no cumplió con entregar al denunciante una webcam
ofrecida en calidad de obsequio, de acuerdo a las condiciones establecidas
en la publicidad que difundió en el mercado.
Se revoca la Resolución 1605-2009/CPC en el extremo apelado que declaró
fundada la denuncia contra Tiendas por Departamento Ripley S.A. por
infracción del artículo 5º del Decreto Legislativo 716, al no haberse verificado
una contravención de dicho artículo.
Finalmente, se confirma dicha resolución en los extremos referidos a la
medida correctiva ordenada, la sanción de 2 UIT impuesta a la denunciada y
la condena de costas y costos del procedimiento.
SANCIÓN: 2 UIT
Lima, 25 de marzo de 2010
ANTECEDENTES
1. El 3 de diciembre de 2008, el señor Luis Eduardo Oda Ramírez (en adelante,
el señor Oda) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor (en
adelante, la Comisión) a Tiendas por Departamento Ripley S.A.1 (en
1 RUC 20337564373 y domicilio ubicado en Av. Las B egonias 545, Piso 8, San Isidro, Lima.

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