Sentencia nº 000249-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 23 de Junio de 2004

Fecha de Resolución23 de Junio de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente042-2003/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0249-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 042-2003/CCD
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : A.G.V. PROSAT S.R.L. (PROSAT)
DENUNCIADO : PARA-RAYOS S.A.C. (PARARRAYOS)
MATERIA : PUBLICIDAD
MEDIOS PROBATORIOS
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE APARATOS DE DISTRIBUCIÓN Y
CONTROL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
Lima, 23 de junio de 2004
I. ANTECEDENTES
El 5 de mayo de 2003, Prosat denunció a Pararrayos por presuntos actos de
competencia desleal en la modalidad de engaño, debido a que en el catálogo de su
pararrayos marca Thor indicaba que dicho producto trabajaba bajo el principio de
cebado o PDC y ofrecía un radio de protección de 100 metros, afirmaciones que
según Prosat carecían de sustento técnico. La Comisión calificó la denuncia como
presuntas infracciones al principio de veracidad comprendido en el artículo 4 del
Decreto Legislativo 691, Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, en
adelante la Ley de Publicidad.
El 11 de agosto de 2003, mediante la Resolución N° 084-2003/CCD-INDECOPI la
Comisión declaró fundada la denuncia contra Pararrayos por infracciones al principio
de veracidad contenido en el artículo 4 de la Ley de Publicidad, en el extremo referido
al radio de protección de 100 metros atribuido al pararrayos PDC Thor, al considerar
que no demostró la veracidad de dicha afirmación. Asimismo, declaró infundada la
denuncia en el extremo referido a que el pararrayos marca Thor no es un pararrayos
PDC, toda vez que la Resolución N° 001251-2002/OIN-INDECOPI de la Oficina de
Invenciones y Nuevas Tecnologías del INDECOPI y el certificado emitido por la
Universidad Nacional de Ingeniería demostraban que sí era un pararrayos PDC con
dispositivo de cebado.
El 15 de setiembre de 2003, Pararrayos apeló la Resolución
Nº 084-2003/CCD-INDECOPI.

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