Sentencia nº 002287-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente106-2009/CPC-INDECOPI-CAJ
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2287-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 106-2009/CPC-I NDECOPI-CAJ
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CAJAMARCA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : WARREN GUTIÉRREZ BARROW
DENUNCIADA : EMPRESA FINANCIERA EDYFICAR S.A.
MATERIA : METODOS DE COBRANZA PROHIBIDOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia, toda vez que quedó acreditado que la denunciada utilizó métodos
de cobranza prohibidos que afectan la buena reputación y la imagen de los
consumidores.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 13 de octubre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 24 de julio de 2009, el señor Warren Gutiérrez Barrow (en adelante, el
señor Gutiérrez) denunció a la Empresa Financiera Edyficar S.A.1 (en
adelante, Edyficar) ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Cajamarca (en adelante, la Comisión) por infracción de los artículos 24ºA y
24ºB del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor.
2. El señor Gutiérrez señaló que la denunciada tiene una política de cobranza
que vulnera el ordenamiento jurídico, en la medida que sus trabajadores de
manera permanente acosan a los clientes, generando malestar en sus
familias y en el vecindario. Agregó que el 23 de julio de 2009 un grupo de
trabajadores se acercó a su domicilio y fue agredido verbal y físicamente por
uno de ellos. Solicitó a la Comisión que ponga fin a dicha situación.
3. El 11 de agosto de 2009, Edyficar presentó sus descargos manifestando que
efectúa la recuperación de los créditos otorgados dentro de un marco de
respeto a los derechos de los consumidores y buscando el bienestar de sus
clientes. Indicó que el 23 de julio de 2009, el señor Gutiérrez, al ser requerido
para que se ponga al día cancelando de las cuotas atrasadas, no sólo insultó
a su personal, sino que al intentar agredir físicamente a uno de ellos, cayó al
suelo. Por ello, al no haber existido agresión solicitó que se desestime la
denuncia.
1 RUC: 20375312868. Domicilio: Jirón Apurimac 625 – 627, distrito, provincia y departament o de Cajamarca.

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