Sentencia nº 000791-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Abril de 2011

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente254-2009/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0791-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0254-2009/CCO-I NDECOPI-04-02
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : LUDER S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP INTEGRA S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : VTA. MAY. DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3756-2010/CCO-INDECOPI del 26 de
mayo de 2010, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos a
favor de AFP Integra S.A. frente a Luder S.A.C. en Liquidación, ascendentes a
S/. 11 017,75 por capital y S/. 4 885,22 por intereses derivados de las
comisiones impagas, les corresponde el quinto orden de preferencia; y, se
desestima el pedido formulado por AFP Integra S.A. para que se inaplique a
su solicitud de reconocimiento de créditos lo establecido por el artículo 42.1
de la Ley General del Sistema Concursal, modificado por el artículo 15 del
Decreto Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de preferencia a los
créditos, toda vez que dicho dispositivo no contraviene lo dispuesto por el
Lima, 5 de abril de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 3756-2010/CCO-INDECOPI del 26 de mayo de 2010, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) reconoció créditos de origen previsional que mantiene AFP Integra
S.A. (en adelante, Integra) frente a Luder S.A.C. en Liquidación1 (en adelante,
la deudora) ascendentes a S/. 76 793,55 por capital y S/. 33 307,11 por
intereses; otorgando a los créditos ascendentes a S/. 65 775,80 por capital y
S/. 28 421,89 por intereses el primer orden de preferencia y a los créditos
ascendentes a S/. 11 017,75 por capital y S/. 4 885,22 por intereses el quinto
orden.
2. El 14 de junio de 2010, Integra apeló la Resolución 3756-2010/CCO-
INDECOPI en el extremo que otorgó el quinto orden de preferencia a los
créditos ascendentes a S/. 11 017,75 por capital y S/. 4 885,22 por intereses
el quinto orden, alegando que el Decreto Legislativo 1050 desagrega en dos
1 El 8 de febrero de 2010, la Comi sión publicó la disolución y liquidación de la deudora.

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