Sentencia nº 000977-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Abril de 2012

Fecha de Resolución17 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente046-1999/CSM-ODI-CCPL-01-408
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0977-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 046-1999/CSM-ODI- CCPL-01-408
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMPAÑÍA EMBOTELLADORA DEL PACÍFICO S.A.
EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : HERIBERTO CAMPOS VALERIO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0567-2011/CCO-INDECOPI del 3 de
febrero de 2011, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor
Heriberto Campos Valerio frente a Compañía Embotelladora del Pacífico S.A.
en Liquidación ascendentes a S/. 1 920,30 por intereses derivados del concepto
movilidad en el quinto orden de preferencia, debido a que dichos créditos no
se encuentran contemplados como créditos laborales de primer orden de
prelación por la Ley General del Sistema Concursal y el Decreto Legislativo
856.
Lima, 17 de abril de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Oficio 183405-2001-00394-2010-PJ-5ºJELL-JCLG-SACH del 21 de
diciembre de 2010, el Quinto Juzgado Laboral de Lima puso en conocimiento
de la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) el adeudo laboral ascendente a S/. 4 656,52 por concepto de
intereses que mantiene el señor Heriberto Campos Valerio (en adelante, el
señor Campos) frente a Compañía Embotelladora del Pacífico S.A. en
Liquidación1 (en adelante, Cepsa) para que proceda a su reconocimiento.
2. Con el referido oficio, la autoridad jurisdiccional remitió, entre otros, los
siguientes documentos: (i) copia del Informe Pericial 075-2010-PJ-JVG del 3 de
setiembre de 2010 que contiene el cálculo de los créditos por intereses
ascendentes a S/. 4 656,52; y, (ii) copia de la Resolución 33 del 15 de octubre
de 2010 que aprobó el Informe Pericial 075-2010-PJ-JVG.
3. Por Resolución 0567-2011/CCO-INDECOPI del 3 de febrero de 2011, la
Comisión reconoció a favor del señor Campos los créditos ascendentes a
S/. 4 656,53 por intereses otorgando a los créditos ascendentes a S/. 2 736,23
1 Mediante Resolución 0696-1999/ CSM-ODI-CCPL del 12 de ma yo de 1999, la Comisión declaró el inici o de concurso de Cepsa.
Posteriormente, en sesión del 19 de noviembre de 1999, la Junta de Acreedores acordó la disolución y liquidación de la
empresa.

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