Sentencia nº 000565-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 25 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2005
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente183587-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0565-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 183587-2003
1-20
ACCIONANTE : BABY CENTER E.I.R.L.
EMPLAZADA : SAGA FALABELLA S.A.
Acción por infracción a los derechos de propiedad industrial: Fundada –
Limitaciones al derecho sobre las marcas - Riesgo de confusión entre signos
referidos a productos de la clase 25 de la Nomenclatura Oficial - Determinación
de las sanciones – Costas y costos
Lima, veinticinco de mayo del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES
Con fecha 25 de junio del 2003, Baby Center E.I.R.L. (Perú) interpuso denuncia por
infracción a los derechos de propiedad industrial contra Saga Falabella S.A. Señaló
que, a la fecha, la emplazada viene haciendo caso omiso a su carta notarial N° 27636
de fecha 15 de mayo del 2003, y continúa exhibiendo un cartel en la sección de bebés
de su tienda del Jockey Plaza, el mismo que contiene la inscripción BB’S (inscripción
que se encuentra registrada a su favor mediante Resolución N° 3335-2002/OSD-
INDECOPI de fecha 27 de marzo del 2002).
Ofreció como medio probatorio, la inspección que deberá realizar la Oficina, a fin de
constatar la infracción. Asimismo, solicitó la aplicación de medidas cautelares, tales
como cese de uso de la marca, así como el pago de los costos y costas que genere el
presente procedimiento.
Adjuntó los siguientes documentos:
- Copia de la solicitud de registro de la marca de producto BB’S BABY BASICS y
logotipo, presentada por su empresa el 27 de noviembre del 2001.
- Copia de la Resolución N° 3335-2002/OSD-INDECOPI de fecha 27 de marzo del
2002, mediante la cual se le otorgó el registro de la marca de producto constituida
por el logotipo conformado por la representación estilizada de un chupón
conteniendo la denominación BB’S BABY BASICS escrita en letras características,
la representación estilizada de un oso con chupón y la frase 100% pima cotton,
todo en los colores celeste, rosado, amarillo, verde, marrón, anaranjado, y blanco.
- Copia de la carta notarial N° 27636 de fecha 15 de mayo del 2003, recepcionada
por Saga Falabella S.A.
Mediante proveído de fecha 2 de julio del 2003, la Oficina de Signos Distintivos admitió
a trámite la denuncia, precisando que, de la revisión de los antecedentes se
desprende que la accionante es titular de la marca constituida por la denominación
BB’S y logotipo, inscrita con certificado Nº 45337 para distinguir productos de la clase
25 de la Nomenclatura Oficial. Dispuso que:
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0565-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 183587-2003
2-20
(i) Sin previa notificación a la emplazada, se practique inspección en el local de
esta última, a fin de verificar los alcances del reclamo.
(ii) La diligencia de inspección tiene la calidad de requerimiento de información, por
lo cual las personas con quienes se entienda ésta se encuentran en la
obligación de otorgar las facilidades del caso y la información que se les
requiera en tal diligencia, bajo apercibimiento de aplicarse multa en caso de
incumplimiento.
(iii) En el caso de autos se ha acreditado la verosimilitud del carácter ilegal del
daño, puesto que de los argumentos vertidos por la accionante, así como de las
pruebas presentadas por la misma, se desprende la existencia de elementos de
juicio que permiten concluir que el uso por parte de la emplazada del signo
antes descrito, podría inducir a confusión a los consumidores respecto de la
marca de producto registrada a favor de la accionante bajo certificado Nº
45337, lo cual le ocasionaría un daño económico y comercial.
(iv) Dado que en el presente caso se han presentado los elementos de juicio para
dictar las medidas cautelares solicitadas; se dicta, por cuenta, riesgo y
responsabilidad de la accionante, la medida cautelar consistente en el cese de
uso del signo constituido por la denominación BB’S, materia de la presente
acción, usada en forma independiente o conjuntamente con otros elementos,
para distinguir productos de la clase 25 de la Nomenclatura Oficial, así como en
el material publicitario correspondiente.
Con fecha 17 de julio del 2003, se llevó a cabo la diligencia de inspección en el
establecimiento de la emplazada ubicado en el Centro Comercial Jockey Plaza, en el
cual se verificó que la denominación BB’S es utilizada en tres carteles que se
encuentran ubicados en la sección de ropas para bebés, mas no así en algún
producto. En tal sentido, se procedió a dictar la medida cautelar de cese de uso del
signo en cuestión en forma independiente o conjuntamente con otros elementos.
Con fecha 24 de julio del 2003, Saga Falabella S.A. (Perú) absolvió el traslado de la
denuncia manifestando que:
(i) Su empresa no utiliza las siglas BB’S para identificar prendas de vestir
correspondientes a la clase 25 de la Nomenclatura Oficial. En efecto, no obra
en el expediente medio probatorio alguna que acredite el uso de la
denominación BB’S a título de marca por su parte. A mayor abundamiento, en
la diligencia de inspección practicada no se encontró ningún producto
identificado con las referidas siglas.
(ii) Si bien su empresa cuenta con carteles que contienen las siglas BB’S (las
cuales se leen como bebés), dichos carteles se encuentran rodeados de
fotografías de bebés en el área de ropa de bebés a título informativo, es decir,
para indicar que en esa área se comercializa únicamente ropa de bebés.
Similar situación sucede para el caso del área en la cual se comercializa ropa

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