Sentencia nº 002243-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3086-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2243-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3086-2009/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ROSA VIRGINIA LEÓN ROJAS
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO LIMA – CALLAO
MATERIA : TEMAS PROCESALES
TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL
ACTIVIDADES : ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES NCP
SUMILLA: Se declara concluido el procedimiento debido a que las partes han
arribado a un acuerdo en relación al asunto materia de controversia. En
consecuencia, se deja sin efecto la resolución venida en grado y se dispone
el archivo del expediente.
Lima, 25 de agosto de 2011
ANTECEDENTES
1. El 9 de noviembre de 2009, la señora Rosa Virginia León Rojas (en adelante,
la señora León) denunció a Asociación Fondo contra Accidentes de Tránsito
Lima – Callao1 (en adelante, Afocat Lima Callao) ante la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur (en adelante, la Comisión) por
infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor. En
su denuncia, la señora León señaló que Afocat Lima Callao se había negado
a proporcionarle por escrito la liquidación de la cobertura que le correspondía
y que pretendió pagarle una suma menor a la establecida en el Decreto
Supremo 40-2006-MTC2.
2. Mediante Resolución 1515-2010/CPC del 21 de junio de 2010, la Comisión
emitió el siguiente pronunciamiento:
(i) Declaró fundada la denuncia interpuesta contra Afocat Lima Callao por
infracción del artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor;
(ii) ordenó a Afocat Lima Callao que, como medidas correctivas, cumpla
con: a) entregar a la denunciante la liquidación por escrito de la
indemnización debida; b) pagar a la señora León la suma de
S/. 2 145,00 por incapacidad temporal y S/. 1 704,00 por invalidez
1 Con RUC 20508523344 y dom icilio en Calle Paz Soldán 102, San Isidro, Lim a, Lima.
2 Norma que aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fond os Regionales o Provinciales c ontra
Accidentes de Trán sito (AFOCAT) y de F uncionamiento de la Central de Riesgos d e Siniestralidad derivada de
Accidentes de Tránsito.

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