Sentencia nº 001587-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Julio de 2010

Fecha de Resolución16 de Julio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente13-2009/IAC/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1587-2010/SC2- I NDECOPI
EXPEDIENTE 13-2009-IAC/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE EJECUCIÓN
DENUNCIANTE : ROSA BEATRIZ EUGENIA GUERRERO ORTIZ DE
RAMÍREZ
DENUNCIADO : GUSTAVO ELÍAS VILLAGARCÍA GÁRATE
MATERIA : INCUMPLIMIENTO DE ACUERDO CONCILIATORIO
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE MUEBLES
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado debido a que el
denunciado no cumplió con lo dispuesto en el acuerdo conciliatorio
celebrado.
SANCIÓN: 0,80 UIT
Lima, 16 de julio de 2010
ANTECEDENTES
1. Con fecha 20 de junio de 2008, la señora Rosa Beatriz Eugenia Guerrero
Ortiz de Ramírez (en adelante, la señora Guerrero) y el señor Gustavo Elías
Villagarcía Gárate (en adelante, el señor Villagarcía1) suscribieron un acuerdo
conciliatorio.
2. En virtud de dicho acuerdo, el denunciado se comprometió a fabricar un
repostero de melamina importada, conforme a características especificadas
en el contrato suscrito por las partes el 16 de marzo de 2007, e instalarlo en
la cocina de la denunciante. Tal como se determinó en el acta de la audiencia
de conciliación, la instalación del mueble debía concluirse a más tardar el 26
de julio de 2008.
3. El 6 de marzo de 2009, la señora Guerrero denunció al señor Villagarcía ante
la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur (en adelante, la
Comisión) por incumplimiento del acuerdo conciliatorio, toda vez que no
cumplió con fabricar e instalar el repostero, conforme se había obligado.
4. Mediante Resolución 4 del 20 de abril de 2009, la Comisión requirió al señor
Villagarcía que presente los medios probatorios que acrediten el
cumplimiento de las obligaciones contraídas en el acuerdo conciliatorio.
1 Identificado con RUC 10093 991791 y con domicilio en Avenida Alameda del Corr egidor 2572, Urbanización Las
Viñas, distrito de La Molina, pr ovincia y departamento de Lima.

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