Sentencia nº 001740-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Junio de 2012

Fecha de Resolución11 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente123-2011/ILN-CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1740-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 123-2011/ILN-CP C
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA NORTE
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : AMANCIO ORÉ MITMA
MATERIA : NULIDAD DE OFICIO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE PRODUCTOS DE PANADERÍA
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado que impuso al
denunciado una multa de 1 UIT y, reformándola, se le impone una
amonestación, por no consignar en el producto “Panetón Pamela” la fecha
de vencimiento y el número de registro sanitario.
SANCIÓN: Amonestación
Lima, 11 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 379-2011/ILN-CPC del 17 de agosto de 2011, la
Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Norte (en adelante, la
Comisión) inició de oficio un procedimiento contra el señor Amancio Oré
Mitma1 (en adelante, el señor Oré) por presunta infracción de los artículos 10º
y 19° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en
adelante, el Código), por no consignar y por no verificar, en su calidad de
fabricante y comercializador, respectivamente, en el producto denominado
“Panetón Pamela”, la información sobre rotulado exigida por la Ley 28405,
Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados y el Decreto
Supremo 7-98-SA, Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de
Alimentos y Bebidas.
2. Mediante Resolución 67-2012/ILN-CPC del 25 de enero de 2012, la Comisión
halló responsable al señor Oré por infracción de los artículos 10° y 19° del
Código.2 La Comisión impuso al señor Oré una multa de 0,5 UIT por no
1 Person a natural con negocio con RUC 100738 68071 y con domicilio fiscal en Av. Chinchaysuyo s/n (Cdra. 1),
Interior 8, Mercado Los Incas, Independencia, Lima, Lima.
2 Adicionalmente, la Comisión declaró infundado el procedimiento p or la fabric ación y com ercialización del producto
“Panetón Pamela” en el extrem o referido a las condiciones especiales de cons ervación. Como medida correctiva, la
Comisión ord enó al señor Oré que cumpla con rotular de manera adecuada el producto antes referido, d ebiendo
informar las acciones ad optadas, caso contrario, que se abstenga de comercializarl o. Finalmente, dispuso la
inscripción del señor Oré en el Regi stro de Infracciones y Sanciones del Indecopi.

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