Sentencia nº 000524-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Junio de 2009

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente293-2007/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN0524-2009/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 293-2007/CCO-INDE COPI-04-02
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : INAGRO SUR S.A. EN LIQUIDACION
ACREEDOR : PRIMA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
REMUNERACIÓN ASEGURABLE MÁXIMA
ACTIVIDAD : ELABORACION DE FRUTAS, LEGUMBRES Y
HORTALIZAS
SUMILLA: se confirma la Resolución 5545-2008/CCO-INDECOPI del 16 de
julio de 2008 en el extremo que declaró infundada la solicitud de
reconocimiento de créditos previsionales impagos presentada por Prima
Administradora de Fondos de Pensiones frente a Inagro Sur S.A. en
Liquidación, debido a que los créditos invocados por seguro de invalidez,
sobrevivencia y gastos de sepelio ascendentes a S/. 253 594,43 por capital y
S/. 256 587,21 por intereses, fueron calculados sobre la base de la
Remuneración Asegurable Máxima.
Lima, 2 de junio de 2009
ANTECEDENTES
1. El 25 de febrero de 2008 se publicó en el diario Oficial “El Peruano” el inicio
del procedimiento concursal ordinario de Inagro Sur S.A. (en adelante, Inagro
Sur). El 7 de noviembre de 2008, la Junta de Acreedores de Inagro Sur
acordó su disolución y liquidación, así como la designación de Welcome
Consultores Asociados S.A.C., (en adelante, Welcome) como entidad
Liquidadora y la aprobación y suscripción del Convenio de Liquidación
respectivo.
2. El 7 de marzo de 2008, Prima Administradora de Fondos de Pensiones (en
adelante, Prima) solicitó el reconocimiento de créditos previsionales frente a
Inagro Sur ascendentes a S/. 320 473,52 por capital y S/. 298 516,29 por
intereses. Para ello, presentó las Liquidaciones para Cobranza de diversos
períodos devengados entre diciembre de 1998 y febrero de 2008, calculadas
hasta el 25 de febrero de 2008.
3. Por Requerimiento 2576-2008/CCO-INDECOPI del 11 de abril de 2008, la
Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión) requirió
a Inagro Sur que manifestara su posición respecto de la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada por Prima. Asimismo, le requirió que
cumpla con presentar la parte pertinente del Libro de Planillas, boletas de
pago o la documentación necesaria que acreditara la remuneración real

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