Sentencia nº 000998-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 7 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1081-2009/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0998-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1081-2009/DDA
1-11
DENUNCIANTE : SANRIO COMPANY LTD.
DENUNCIADA : CORPORACIÓN VIRGEN DE COPACABANA
S.A.C
Denuncia por infracción a la legislación sobre Derecho de Autor -
Importación no autorizada de mercancías que contienen obras protegidas -
Imposición de sanciones
Lima, siete de mayo de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de julio de 2009, Sanrio Company Ltd. interpuso denuncia por
infracción a su Derecho de Autor contra Corporación Virgen de Copacabana
S.A.C. por la importación, a través de la D.U.A. Nº 118-09-10-151875-01-1-00,
de medias, en las cuales se incluye a su obra HELLO KITTY con la finalidad de
comercializarse, sin contar con la debida autorización. Consideró lo siguiente:
(i) Los productos importados se encuentran, de forma temporal, en SAKJ
Depot ubicado en Av. Argentina Nº 3441, Callao.
(ii) Su empresa no ha autorizado a Corporación Virgen de Copacabana
S.A.C. la importación, para su posterior distribución, de las medias que
incluyen su obra denominada HELLO KITTY, por lo que es evidente que
se ha infringido su Derecho de Autor.
Solicitó lo siguiente:
(i) Realizar una diligencia de inspección en el depósito de SAKJ Depot
ubicado en Av. Argentina Nº 3441, Callao.
(ii) Ordenar las medidas cautelares de comiso de las medias importadas y el
cese de los actos violatorios.
(iii) Entregar a su favor los productos infractores.
(iv) La multa que corresponda de acuerdo a lo establecido en el artículo 188
inciso b) del Decreto Legislativo Nº 822.
(v) El pago de costas y costos del presente procedimiento.
Adjuntó medios probatorios a fin de acreditar lo expuesto.
Mediante Resolución Nº 369-2009/CDA-Indecopi de fecha 14 de julio de 2009,
la Secretaría Técnica de la Comisión de Derecho de Autor admitió a trámite la
denuncia presentada por presunta infracción al derecho importación y corrió
traslado de la misma a la denunciada, debiendo ésta presentar sus descargos

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