Sentencia nº 000009-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Enero de 2010

Fecha de Resolución 6 de Enero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente190-2008/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 009-2010/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 190-2008/CPC-INDECOPI-PIU
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
DENUNCIADA : EMPRESA DE TRANSPORTES SELVA S.R.L.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
IDONEIDAD DEL SERVICIO
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR VIA
TERRESTRE
SUMILLA: Se declara la nulidad parcial de la Resolución 1 del 20 de agosto
de 2008 y de la Resolución 576-2008/INDECOPI-PIU del 22 de octubre de
2008, emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura,
en el extremo que halló responsable a la Empresa de Transportes Selva
S.R.L. por infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716, debido a los
desperfectos que sufrió el vehículo de su propiedad, toda vez que ha
quedado acreditado que dicho pronunciamiento incurre en las causales de
nulidad previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo General.
Asímismo, se revoca la Resolución 576-2008/INDECOPI-PIU en el extremo
que sancionó a la Empresa de Transportes Selva S.R.L. con una multa de 1,5
UIT.
Lima, 6 de enero de 2010
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Proveído 1 del 20 de agosto de 2008 la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra la Empresa de Transportes Selva S.R.L. (en
adelante, Transportes Selva)1 por presunta infracción de los artículos 8º y 9º
del Decreto Legislativo 716 puesto que el 12 de junio de 2008, la unidad
vehicular de placa VP-1195 de dicha empresa presentó desperfectos durante
el trayecto de Sullana a Talara y, como consecuencia de ello sufrió un
accidente de tránsito en la Panamericana Norte a la altura de la quebrada de
Pasamayito. Asimismo, se indica que los hechos imputados como infracción
a la Ley de Protección al Consumidor son:
(i) Los desperfectos del ómnibus de su propiedad que cubría la ruta
Sullana- Talara el día 12 de junio de 2008 por la mañana, ya que al
1 RUC 20105396172. Dirección: Calle Nicolás de Piérola 347-A, Sullana-Piura.

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