Sentencia nº 001398-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/03-22/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1398-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2005-03-22/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : CARLOS RAMÍREZ ACUÑA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS COMERCIALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3034-2009/INDECOPI-PIU del 17 de
agosto de 2009, que declaró fundado el recurso de reconsideración
interpuesto por Agro Pucalá S.A.A contra la Resolución 1229-
2009/INDECOPI-LAM, toda vez que el recurso impugnatorio presentado por la
empresa concursada cumple con los requisitos exigidos por el artículo 115
Lima, 5 de abril de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante,
la Comisión) declaró la situación de concurso de Agro Pucalá S.A.A. (en
adelante, Agro Pucalá). Dicha situación se publicó en el Diario Oficial “El
Peruano” el 21 de febrero de 2005.
2. El 7 de abril de 2005, el señor Carlos Ramírez Acuña (en adelante, el señor
Ramírez) presentó una solicitud de reconocimiento de créditos frente a Agro
Pucalá ascendente a S/. 1 000 000,00 por capital y S/. 101 816,37 por
intereses, derivados de un contrato de mutuo celebrado con la empresa
concursada. A efectos de acreditar su pedido, el señor Ramírez presentó
copia de la Resolución 41 emitida el 26 de enero de 2005 por el Tercer
Juzgado Especializado en lo Civil de Chiclayo, mediante la cual el órgano
jurisdiccional ordenó a Agro Pucalá que cumpla con cancelar la suma
ascendente a S/. 1 000 000,00 y los intereses legales correspondientes.
3. Mediante Resolución 1229-2009/INDECOPI-LAM del 29 de abril de 2009, la
Comisión reconoció la totalidad de los créditos solicitados por el señor
Ramírez frente a Agro Pucalá.
4. El 18 de mayo de 2009, Agro Pucalá interpuso recurso de reconsideración
contra la Resolución 1229-2009/INDECOPI-LAM, argumentando que
mediante Resolución 56 emitida el 13 de julio de 2009 por la Segunda Sala

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