Sentencia nº 000344-2003/SCO de Sala concursal, 28 de Abril de 2003

Fecha de Resolución28 de Abril de 2003
EmisorSala concursal
Expediente000326-2003/SCO/Queja
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 0344-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000326-2003/SCO/Queja
QUEJADA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE LIMA (LA
COMISIÓN)
QUEJOSO : ALIMENTOS SAN JOAQUÍN S.C.R.L. (ALIMENTOS SAN
JOAQUÍN)
MATERIA : PROCESAL
QUEJA
SUMILLA: Se declara fundada la queja planteada por Alimentos San Joaquín
S.C.R.L. contra la Comisión Delegada de Procedimientos Concursales en la
Universidad de Lima por el defecto de trámite cometido al declarar
improcedente por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por
dicha empresa contra la Resolución N° 2598-2002/CRP-ODI-ULI.
De la revisión de la cédula respectiva se constata que la diligencia de
notificación de la resolución apelada fue realizada el sábado 3 de agosto de
2002 en el domicilio de la quejosa ubicado en la manzana D, lote 4, Parque
Industrial, Ica. En tal sentido, al haberse efectuado la diligencia de
notificación en un día inhábil, en contravención a lo dispuesto por el artículo
75º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, debió considerarse
que la quejada fue notificada el primer día hábil siguiente, esto es, el lunes 5
de agosto de 2002.
Adicionalmente, se debió agregar al plazo de impugnación el término de la
distancia entre las ciudades de Ica y Lima, que de acuerdo al cuadro de
distancia aprobado por el Poder Judicial es de un día hábil, por lo que el
plazo para apelar dicha resolución vencía el 13 de agosto de 2002.
En consecuencia, se declara nula la Resolución Nº 084-2003/CCO-ODI-ULI
del 14 de enero de 2003, que declaró improcedente por extemporáneo el
recurso de apelación interpuesto el 12 de agosto de 2002 contra la
Resolución Nº 2598-2002/CRP-ODI-ULI, ordenándose a la Comisión que
conceda dicho recurso.
Lima, 28 de abril de 2003
I. ANTECEDENTES
Por Resolución Nº 2598-2002/CRP-ODI-ULI del 16 de julio de 2002, la Comisión
reconoció a favor de la Sunat frente a Alimentos San Joaquín
1
créditos
1
Mediante Resolución Nº 1327-2002/CRP-ODI-UL del 16 de abril de 2002 s e declaró la insolvencia de Alimentos San
Joaquín. El 3 de junio de 2002, mediante aviso publicado en el diario oficial El Peruano, se dio a conocer la situación de
insolvencia de dicha empresa y se convocó a sus acreedores para que presenten sus solicitudes de reconocimiento de
créditos.

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