Sentencia nº 002681-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Septiembre de 2010
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 29-2000/CRP-PIURA-01-400 |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2681-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2000/CRP-PI URA-01-400
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PIURA
DEUDOR : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO GRAU S.A.
ACREEDOR : SEGUNDO AGURTO CORNEJO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : CAPTACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS
SUMILLA: se MODIFICA la Resolución 655-2010/INDECOPI-PIU del 25 de
mayo de 2010, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor
Segundo Agurto Cornejo frente a Entidad Prestadora de Servicios de
Saneamiento Grau S.A. ascendentes a S/. 35 431,70 por intereses derivados
de la provisión de beneficios sociales al 31 de diciembre de 1990 (reserva
acumulada), y, se fija a favor del referido trabajador créditos ascendentes a
S/. 35 384,52 por dicho concepto, debido a que el acreedor invocó dicha
cuantía y la autoridad concursal no puede reconocer una cuantía mayor a la
solicitada por el trabajador conforme a lo dispuesto por el articulo VII del
Título Preliminar del Código Procesal Civil.
Lima, 28 de septiembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 384-2004/CCO-PIURA del 20 de abril de 2004, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la
Comisión) reconoció, entre otros conceptos, créditos ascendentes a
S/. 10 951,57 por capital, derivados de la provisión de beneficios sociales al
31 de diciembre de 1990 (en adelante, reserva acumulada) a favor del señor
Segundo Agurto Cornejo (en adelante, el trabajador) frente a Entidad
Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A.1 (en adelante, EPS Grau).
2. Mediante escrito del 15 de marzo de 2010, el trabajador solicitó el
reconocimiento de créditos ascendentes a S/. 35 384,52 por intereses de
reserva acumulada frente a EPS Grau.
1 Mediante Resolución 303-2000/CRP-PIURA del 6 de noviembre de 2000, confirmad a por Resolución 110-2001/TDC-
INDECOPI del 16 d e febrero de 2001, la Comisión dec laró el inicio de concurso de EP S Grau por no haberse
aprobado el Conveni o de Saneamiento Empresarial en el Procedimiento Transitorio. Dicha situac ión fue publicada en
el Diario Oficial “El Peruano” el 19 de marzo de 2001.
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