Sentencia nº 001047-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 29 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente304365-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1047-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 304365-2007
Incidente
1-7
ACCIONANTE : NIKE INTERNATIONAL LTD.
EMPLAZADA : INVERSIONES GENERALES FREDDY S.R.L.
Apelación de medida cautelar – Caducidad de la medida cautelar
Lima, veintinueve de mayo del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 29 de enero del 2007, Nike International Ltd. (Estados Unidos de
América) interpuso denuncia por infracción a los derechos de propiedad
industrial contra Inversiones Generales Freddy S.R.L., por haber importado
zapatillas con un logotipo muy similar a la marca NIKE y logotipo, inscrita bajo
certificado Nº 24674 (sic). Manifestó que en la visita inspectiva del 22 de
diciembre del 2006, realizada en el Terminal de Almacenamiento Almacenera
Vikingo S.A. (expediente Nº 298979-2006), la Oficina de Signos Distintivos
trabó la medida cautelar de comiso de productos importados por Inversiones
Generales Freddy S.R.L., bajo DUA 172-2006-10-036077-00, entre ellos 982
pares de zapatillas con un logotipo casi idéntico a la marca NIKE y logotipo, al
cual sólo se le ha insertado una especie de pequeño “pico”, lo cual inducirá a
confusión al consumidor. Solicitó se dicte la medida cautelar de comiso de los
978 (debió decir 982) pares de zapatillas, cuyo comiso fue trabado en el
expediente Nº 298979-2006. Asimismo, como medidas definitivas, solicitó el
comiso definitivo de tales productos, el cese definitivo de la actividad ilícita, la
destrucción definitiva de todo el material infractor y el pago de una multa por
cuenta de la emplazada. Adjuntó medios probatorios.
Mediante proveído de fecha 20 de febrero del 2007, la Oficina de Signos
Distintivos dispuso mantener vigente la medida cautelar ordenada y ejecutada
en el expediente Nº 298979-2006, consistente en el comiso de los productos de
la clase 25 de la Nomenclatura Oficial, con los signos constituidos por la
denominación REFLEX acompañado de la figura de una saeta estilizada y/o la
figura de una saeta estilizada, materia de la presente acción, utilizados
independiente o conjuntamente con otros elementos. Asimismo, dispuso que
los productos materia de la medida cautelar de comiso detallados
anteriormente, así como la respectiva muestra, formen parte del presente
procedimiento.

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