Sentencia nº 003270-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente050-2010/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia 1
RESOLUCIÓN 3270-2010/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 050-2010/C CD
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
DENUNCIADO : DAI ICHI MOTORS S.R.L.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
MEDIDA CORRECTIVA
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 128-2010/CCD-INDECOPI del 1 de
julio de 2010, en el extremo que declaró fundada la imputación de oficio
contra Dai Ichi Motors S.R.L. por la comisión de actos contrarios al principio
de legalidad contenido en el artículo 17.3 literal f) del Decreto Legislativo
1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal, al haber difundido un (1)
anuncio publicitario conteniendo una promoción de ventas, sin consignar la
cantidad de unidades disponibles de los productos ofertados.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 128-2010/CCD-INDECOPI, en el
extremo que ordenó a Dai Ichi Motors S.R.L., en calidad de medida correctiva
el cese definitivo e inmediato de la difusión del anuncio infractor u otros de
naturaleza similar, en tanto no cumplan con indicar la cantidad de unidades
disponibles ofertadas en una promoción de ventas.
Finalmente, se MODIFICA la Resolución 128-2010/CCD-INDECOPI, en el
extremo que sancionó a Dai Ichi Motors S.R.L. con una multa ascendente a
seis (6) Unidades Impositivas Tributarias; y, reformándola, se le sanciona
con una multa de una (1) Unidad Impositiva Tributaria, teniendo en
consideración que la infracción cometida ha generado efectos reducidos en
el mercado por las características de los productos ofertados, los cuales
implican una mayor búsqueda de información por parte de los
consumidores.
SANCIÓN: UNA (1) UIT
Lima, 21 de diciembre de 2010
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución del 24 de marzo de 2010, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en adelante, la
Comisión) imputó a Dai Ichi Motors S.R.L. (en adelante, Dai Ichi Motors) la
comisión de una presunta infracción al principio de legalidad, contenido en el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR