Sentencia nº 003276-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente073-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 03276-2010/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 73-2007/CCO-INDECO PI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : JC COMERCIALIZADORA SAN JOSE S.R.L.
MATERIA : CONDUCCION DEL PROCESO DE DISOLUCION Y
LIQUIDACION POR LA COMISION
ACTIVIDAD : CULTIVO DE HORTALIZAS Y LEGUMBRES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3530-2010/CCO-INDECOPI del 17 de
mayo de 2010, que declaró de oficio la disolución y liquidación de JC
Comercializadora San José S.R.L., debido a que la junta de acreedores de
dicha empresa no cumplió con aprobar el plan de reestructuración dentro del
Lima, 21 de diciembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 6129-2007/CCO-INDECOPI del 4 de junio de 2007, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró el inicio del procedimiento concursal ordinario de JC
Comercializadora San José S.R.L. (en adelante, JC Comercializadora San
José). Dicha situación fue publicada en el diario oficial “El Peruano” el 2 de
julio de 2007.
2. En sesión de junta de acreedores instalada el 22 de agosto de 2008 y
continuada el 27 de agosto del mismo año, se acordó someter el patrimonio
de JC Comercializadora San José a un procedimiento de reestructuración
patrimonial, aprobándose el plan de reestructuración correspondiente en
junta de acreedores del 4 de diciembre de 2008.
3. Por Resolución 0711-2009/CCO-INDECOPI del 19 de enero de 2009, la
Comisión declaró de oficio la nulidad del acuerdo de aprobación del plan de
reestructuración adoptado en junta de acreedores el 4 de diciembre de 2008.
Atendiendo a ello, el 26 de marzo de 2009, la junta de acreedores de JC
Comercializadora San José aprobó un nuevo plan de reestructuración.
4. Por Resolución 4269-2009/CCO-INDECOPI del 12 de mayo de 2009, la
Comisión declaró nuevamente de oficio la nulidad del acuerdo de aprobación
del plan de reestructuración adoptado en junta de acreedores del 26 de
marzo de 2009. Dicho pronunciamiento fue impugnado por la deudora, siendo
confirmado el mismo mediante Resolución 1323-2010/SC1-INDECOPI del 17
de marzo de 2010.

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