Sentencia nº 000700-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 27 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente083-2000/CCO-ODI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN N° 0700-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 0083-2000/CCO-ODI-AQP
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : WIESE SUDAMERIS LEASING S.A. (WIESE
LEASING)
DEUDOR : CORPORACIÓN PESQUERA ILO S.A. (PESQUERA
ILO)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS CONTINGENTES
CONTROVERSIA JUDICIAL
Lima, 25 de octubre de 2004
ANTECEDENTES
El 14 de octubre de 2003, Wiese Leasing solicitó el reconocimiento de
créditos frente a Pesquera Ilo1, ascendentes a US$ 1 580 576,57 por capital
más intereses, derivados de la Escritura Pública del Contrato de
Reconocimiento de Obligaciones y Cesión de Créditos del 31 de junio de
2001, celebrado por el solicitante y Fima S.A. (en adelante, Fima), mediante
el cual esta última cede al primero sus derechos de créditos originados del
Contrato de Transacción Extrajudicial, Reconocimiento de Deuda y
Constitución de Garantías suscrito entre Fima, Pesquera Ilo, Pesquera
Balsamar S.A.C., Alberto Liendo Pizarro, Milagros Liendo Pizarro, Pesquera
Olimpia del Sur S.A., Varadero Sur Perú S.A., Pesquera María Milagros
S.R.L. y Hotel Karina S.R.L., según Escritura Pública del 7 de mayo de 2000.
El 24 de noviembre de 2003, Pesquera Ilo se opuso a los créditos invocados
por Wiese Leasing alegando que los mismos tienen la condición de
contingentes pues se derivan de obligaciones contenidas en un Contrato de
Transacción Extrajudicial, Reconocimiento de Deuda y Constitución de
Garantías, el cual está relacionado con diversos actos jurídicos cuya validez
se encuentra siendo discutida en sede judicial, entre ellos, los contratos de
arrendamiento financiero números 03.1022.01.01 y 03.1022.01.022.
Pesquera Ilo informó de los siguientes procesos judiciales:
1 Por Resolución N° 001-2001-CRP-AREQUIPA del 10 de enero de 2001 se declaró la insolvencia de Pesquera Ilo,
dándose a conocer tal situación mediante aviso publicado en el diario oficial El Peruano el 1 de setiembre de
2003.
2 En la cláusula 1.10 del contrato se señala textualmente lo siguiente:
“1.10 En virtud del presente documento CPI (es decir, Pesquera Ilo) reconoce que el monto total de la
deuda frente a Fima, a que se refiere los puntos 1.3.1, 1.3.2, 1.7.1, 1.7.2 y 1.9, incluyendo intereses
hasta el 30 de abril del 2,000, asciende a la suma de US$ 1 711 512,12 (…)”
Por otra parte, conforme se aprecia del contrato, el punto 1.3.1 hace referencia a una letra de cambio; el punto
1.3.2 se refiere a facturas derivadas de un suministro de bienes y servicios; el punto 1.7.1 está relacionado a
cuotas impagas del contrato de arrendamiento financiero N° 03.1022.01.01; el punto 1.7.2 hace referencia a

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