Sentencia nº 001368-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente432-2009/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1368-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 432-2009/C CO-INDECOPI-04-02
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TC SIGLO 21 S.A.A.
ACREEDOR : AFP HORIZONTE S.A.
APELANTE : PROFIT CONSULTORÍA E INVERSIONES S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 6972-2010/CCO-INDECOPI del 22 de
setiembre de 2010, que reconoció créditos a favor de AFP Horizonte S.A.
frente a TC Siglo 21 S.A.A. ascendentes a S/. 241 272,71 por capital y
S/. 768 023,87 por intereses; toda vez que tales créditos se sustentan en las
liquidaciones para cobranza presentadas por la entidad previsional las
cuales deben ser reconocidas por el solo mérito de su presentación por
cuanto tienen mérito ejecutivo, conforme al artículo 39.1 de la Ley General
del Sistema Concursal, y además no han sido desvirtuadas por la empresa
deudora.
Lima, 2 de agosto de 2011
ANTECEDENTES
1. El 22 de julio de 2010, AFP Horizonte S.A. (en adelante, Horizonte) solicitó ante
la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión)
el reconocimiento de créditos frente a TC Siglo 21 S.A.A.1 (en adelante, TC Siglo
21) ascendentes a S/. 241 272,71 por capital y S/. 768 023,87 por intereses,
derivados de las liquidaciones para cobranza correspondientes a diversos
periodos devengados entre junio de 1996 y diciembre de 2006.
2. Por Resolución 6972-2010/CCO-INDECOPI del 22 de setiembre de 2010, la
Comisión reconoció a favor de Horizonte los créditos ascendentes a
S/. 241 272,71 por capital y S/. 768 023,87 por intereses, al considerar que las
liquidaciones para cobranza presentadas por la entidad previsional en sustento
de su solicitud cumplen con los requisitos legales previstos en la Ley General del
3. El 6 de octubre de 2010, Profit Consultoría e Inversiones S.A.C., entidad
administradora de TC Siglo 21, apeló la Resolución 6972-2010/CCO-INDECOPI
alegando que Horizonte no acreditó de manera fehaciente la existencia de los
1 El 28 de diciembre d e 2009, la Comisión public ó en el diario oficial “El Peruano” el inicio del concurso de Tele Cable
Siglo 21. E n sesión del 16 de setiembre de 2010, la Junta de Acreedores acordó la reestructuración de la empresa
deudora. Posteriorm ente, mediante Resolución 7694-2010/CCO-INDECOPI del 28 de noviembre de 2010, la
Comisión precisó que la denomin ación social de la concursada es TC Siglo 21 S.A. A.

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