Sentencia nº 000527-2009/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 9 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2009
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente331937-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0527-2009/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N°331937-2007
1-13
SOLICITANTE : ENERGY BRANDS, INC.
OPOSITOR : THE TESALIA SPRINGS HOLDING CORP.
Oposición andina – Riesgo de confusión entre signos que distinguen
productos de la clase 32 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, nueve de marzo de dos mil nueve.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de octubre de 2007, Energy brands, Inc. (Estados Unidos de
América) solicitó el registro de la marca de producto GLACEAU
ESSENCEWATER, para distinguir cervezas, aguas minerales y aguas
gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y jugos de fruta; siropes y
otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32 de la Nomenclatura
Oficial.
Con fecha 2 de enero de 2008, The Tesalia Springs Holding Corp. (Panamá)
formuló oposición manifestando que:
(i) Es titular en Ecuador de la marca GUITIG ESSENCES, inscrita bajo
Certificado Nº 19804-02, para distinguir cervezas; aguas minerales y
gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas;
siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32 de la
Nomenclatura Oficial, con la cual resulta confundible el signo solicitado.
(ii) Ambos signos poseen en su conformación la denominación ESSENCE, lo
cual generaría confusión en el público consumidor pues le atribuirá el
mismo origen empresarial.
(iii) Los términos GLACEAU y WATER en el signo solicitado resultan términos
descriptivos, toda vez que el término GLACEAU alude directamente a la
palabra GLACIAR, la cual es descriptiva de una de las características que
posee el producto, es decir, una bebida de agua glaciar (sic); y el término
WATER es un término que no posee distintividad.
(iv) Dada la identidad gráfica, fonética y conceptual, así como también el
hecho que ambos signos distinguen los mismos productos, es muy
probable que se genere riesgo de confusión en el mercado.
(v) La solicitante ha solicitado tres marcas con elementos idénticos a los
solicitados previamente por su empresa en Ecuador. En efecto, Energy
Brands, Inc. ha solicitado el registro de la marca GLACEAU
VITAMINWATER, GLACEAU SMARTWATER y GLACEAU
ESSENCEWATER, mientras que su empresa ha iniciado el registro de las

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