Sentencia nº 000501-2003/SCO de Sala concursal, 24 de Junio de 2003

Fecha de Resolución24 de Junio de 2003
EmisorSala concursal
Expediente076-2001/CRP-ODI-UL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0501-aa/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 076-2001/CRP-ODI-UL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE LIMA
(LA COMISIÓN)
IMPUGNANTE : RED BICOLOR DE COMUNICACIONES S.A.A. (RBC)
DEUDOR : AUSTRAL TELEVISIÓN S.A.C. (AUSTRAL)
MATERIA :
PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL DEUDOR
APLICACIÓN DE LEYES EN EL TIEMPO
PEDIDO IMPROCEDENTE
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: Se confirma la Resolución N° 4778-2002/CCO-ODI-ULI emitida el
12 de diciembre de 2002 por la Comisión Delegada de Procedimientos
Concursales en la Universidad de Lima, que declaró improcedente el pedido
formulado por Red Bicolor de Comunicaciones S.A.A. para que se declare la
disolución y liquidación de Austral Televisión S.A.C. en aplicación de lo
dispuesto por el artículo 28.4 de la Ley General del Sistema Concursal. Ello,
teniendo en cuenta que dicha norma no resulta aplicable al presente caso,
toda vez que la declaración de insolvencia de Austral Televisión S.A.C. y las
consecuencias de dicha situación jurídica se produjeron bajo la vigencia de
la derogada Ley de Reestructuración Patrimonial.
Lima, 24 de junio de 2003
I. ANTECEDENTES
Por Resolución N° 1962-2002/CRP-ODI-UL del 23 de noviembre de 2001 se
declaró la insolvencia de Austral. El 11 de marzo de 2002 se publicó un aviso en
el diario oficial “El Peruano” por medio del cual se informó sobre la situación de
insolvencia de dicha empresa y se citó a sus acreedores para que se apersonen
al procedimiento a fin de solicitar el reconocimiento de sus créditos.
El 26 de setiembre de 2002 se instaló la Junta de Acreedores de Austral, ocasión
en que se acordó, entre otros, el ingreso de la empresa a un proceso de
reestructuración patrimonial
1
.
El 14 de octubre de 2002, RBC solicitó a la Comisión que declare la liquidación de
Austral debido a que las pérdidas acumuladas de dicha empresa eran mayores a
su capital social, conforme a la causal establecida en el artículo 28.4 de la Ley
General del Sistema Concursal, norma aplicable al procedimiento en atención a lo
dispuesto por la Primera Disposición Transitoria de la referida Ley.
1
E l acuerdo de reestructuración patrim onial de Austral fue aprobado con el voto a favor de acreedores cuyos créditos
representaban el 72,96% del total de créditos reconocidos en el procedimiento. Cabe indicar que en contra de la
adopción del referido acuerdo votó RBC, acreedor que representaba el 19,22% de los créditos reconocidos.

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