Sentencia nº 000058-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente059-2008/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0058-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 059-2008/C CD
M-SDC-13/2A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL
DENUNCIANTE : ELARD ESTEBAN ALMONTE INFANTES
DENUNCIADA : TRADING ELECTRIC COMPANY S.R.L.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE VERACIDAD
ACTIVIDAD : VENTA MAYORISTA DE MAQUINARIA, EQUIPO Y
MATERIALES
SUMILLA: se confirma la Resolución 142-2008/CCD-INDECOPI del 16 de
septiembre de 2008 en el extremo que declaró fundada la denuncia
presentada por el señor Elard Esteban Almonte Infantes contra Trading
Electric Company S.R.L. por infracción del principio de veracidad contenido
en el artículo 4 del DecretoLegislativo 691 –Normas de Publicidad en
Defensa del Consumidor–, debido a que la publicidad en empaque
cuestionada induce a error a los consumidores respecto del país de
procedencia del producto promocionado.
Asimismo, se remiten los actuados a la Dirección de Signos Distintivos a
efectos de que dicho órgano evalúe la legalidad del registro marcario
otorgado mediante Certificado 00141720 por presunta infracción al artículo
135 inciso e) de la Decisión 486.
SANCIÓN: 25 UIT
Lima, 12 de febrero de 2009
ANTECEDENTES
1. El 27 de marzo de 2008, el señor Elard Esteban Almonte Infantes (en
adelante, el señor Almonte) denunció a Trading Electric Company S.R.L.1 (en
adelante, Trading Electric) por una presunta infracción del principio de
veracidad contenido en el artículo 4 del Decreto Legislativo 691 –Normas de
Publicidad en Defensa del Consumidor, debido a que la publicidad en
empaque del medidor electrónico de energía que comercializaba era
susceptible de inducir a error a los consumidores sobre su procedencia
geográfica, pues consignaba la aseveración “Stronger Inc USA” junto a
diversa información en inglés sobre sus características que haría suponer
que el producto era de origen estadounidense, a pesar de que es un bien
fabricado en la República Popular China2.
1 R.U.C.: 20502755821.
2 La d enunciada mencionó que tomó conocimiento de la procedencia del producto a partir de la información consignad a
en la Declaración Única de Adu anas 221379, la cual obra de fojas 28 a fojas 31 del exped iente.

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