Sentencia nº 001834-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Junio de 2012

Fecha de Resolución18 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente77-2011/PS0-INDECOPI-TAC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de l a Competencia N°2
RESOLUCIÓN 1834-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 77-2011/PS0-INDE COPI-TAC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTES : VÍCTOR HUGO TEJADA PORTUGAL
MARÍA PÍA TEJADA PINTO
DENUNCIADA : UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
MATERIAS : RECURSO DE REVISIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA SUPERIOR
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión planteado contra
la Resolución 166-2012/INDECOPI-AQP, pues la recurrente no sustentó la
existencia de errores de derecho, limitándose a cuestionar los elementos de
hecho en dicho acto administrativo.
Lima, 18 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 166-2012/INDECOPI-AQP del 22 de marzo de 2012, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en adelante, la
Comisión) confirmó el pronunciamiento emitido por el Órgano Resolutivo de
Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina
Regional del Indecopi de Tacna (en adelante, el ORPS) que declaró fundada
la denuncia interpuesta por el señor Víctor Hugo Tejada Portugal (en
adelante, el señor Tejada) y la señorita María Pía Tejada Pinto (en adelante,
la señorita Tejada) contra la Universidad Privada de Tacna1 (en adelante, la
UPT) por infracción del artículo 1.1° literal c) de la Ley 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor2 (en adelante, el Código), debido a que
la denunciada dispuso la anulación de la matrícula de la señorita Tejada ante
la falta de pago de pensiones.
2. El 13 de abril de 2012, la UPT interpuso recurso de revisión contra la
Resolución 166-2012/INDECOPI-AQP, por la causal de aplicación errónea de
las normas del Código, señalando que de dicho acto administrativo se
desprendía que:
(i) La Comisión la sancionó por una infracción del artículo 1.1° literal c) del
Código a partir de una comunicación efectuada a la señorita Tejada
1 RUC 20119917698. Domic ilio Fiscal: Avenida Bolognesi 1177, Tacna
2 Publicado el 2 de setiembr e de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vi gencia a los 30 días calendario.

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