Sentencia nº 000717-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente255-2010/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 717-2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 255-2010/CPC-INDE COPI-PIU
EXPEDIENTE 256-2010/CPC-INDE COPI-PIU
EXPEDIENTE 257-2010/CPC-INDE COPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE PIURA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES – “ASOCIACIÓN
EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR PERUANO”
DENUNCIADAS : SUPER POLLÓN S.R.L.
PROYECTOS E.I.R.L.
MATERIA : ROTULADO DE PRODUCTOS
ROTULADO DE ALIMENTOS
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
CONSTRUCCIÓN EDIFICIOS COMPLETOS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia contra Super Pollón S.R.L. y Proyectos E.I.R.L.
por comercializar productos sin el rotulado correspondiente fijado por el
fabricante o importador.
Se revoca dicha resolución en el extremo que declaró fundada la denuncia,
toda vez que no corresponde a la autoridad de consumo evaluar el rotulado
de productos que no cuentan con registro sanitario; habiéndose verificado
que en otros casos, los productos materia de denuncia no se encontraban
sujetos al cumplimiento de las normas de rotulado.
SANCIÓN: Amonestación Super Pollón S.R.L.
Amonestación Proyectos E.I.R.L.
Lima, 13 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. El 3 de septiembre de 2010, la Asociación de Consumidores – “Asociación en
Defensa del Consumidor Peruano” (en adelante, Adecope) denunció a Super
Pollón S.R.L.1 (en adelante, Super Pollón) y Proyectos E.I.R.L.2 (en adelante,
Proyectos) 3 ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en
adelante, la Comisión) por haber infringido el Decreto Legislativo716, Ley de
Protección al Consumidor, al elaborar y comercializar, en el establecimiento
1 Con RUC 20146690433 y con domic ilio fiscal en Av. Grau 470-478 Nro. 478, Piura, Piur a, Piura.
2 Con RUC 20518251016 y con domic ilio fiscal en Av. Grau 555, Piura, Piura, Piura.
3 Cabe precisar que si bien Adecope denunció a Consorcio Antares, siendo é ste un contrato asociativo y no una
persona jurídica, mediante Resolución 6 del 21 d e enero de 2011 la S ecretaría Técnica de l a Comisión resolvió
tener como denunciados a cada uno de sus contratantes.

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