Sentencia nº 002928-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente59-2011/CPC-INDECOPI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L ACOMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2928-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 59-2011/CPC-I NDECOPI-PIU
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
PROCEDIMIENTO DE PARTE
DENUNCIANTE : COMERCIAL AVÍCOLA CARMEN E.I.R.L.
DENUNCIADOS : BANCO CONTINENTAL
MATERIA : IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA
NOCIÓN DE CONSUMIDOR
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma, modificando sus fundamentos, la resolución venida
en grado que declaró improcedente la denuncia presentada, toda vez que
Comercial Avícola Carmen E.I.R.L. contrató el servicio materia de denuncia
en un ámbito empresarial y sin ostentar la calidad de microempresa para
calificar como consumidor protegido en los términos del Código de
Protección y Defensa del Consumidor.
Lima, 27 de octubre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de mayo de 2011, Comercial Avícola Carmen E.I.R.L.1 (en adelante,
Avícola Carmen) denunció a Banco Continental (en adelante, el Banco) ante la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la
Comisión) por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor (en adelante, el Código) señalando que la denunciada le solicitó el
pago de una comisión por liquidación anticipada cuando intentó cancelar la
totalidad del préstamo que esta le otorgó. Avícola Carmen precisó que dicho
préstamo fue destinado a la construcción de un local comercial.
2. Mediante Resolución 244-2011/INDECOPI-PIU del 20 de mayo de 2011, la
Comisión declaró improcedente la denuncia presentada por Avícola Carmen,
pues consideró que no podía ser considerada como consumidor protegido en
los términos del Código, ya que se trataba de una persona jurídica que
contrató el préstamo materia de denuncia dentro de un ámbito empresarial.
3. El 3 de junio de 2011, Avícola Carmen apeló la Resolución 244-
2011/INDECOPI-PIU alegando que el préstamo otorgado por el Banco fue
utilizado para la construcción de una vivienda unifamiliar y por tanto debía ser
calificada como consumidor pasible de protección en los términos del Código.
1 RUC: 20483064625. Domicilio: Transversal Chiclayito 408, Buenos Aires, Sullana, P iura.

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