Sentencia nº 000529-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 11 de Mayo de 2005

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente000063-2004/CAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0529-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 000063-2004/CAM
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ACCESO AL MERCADO (LA
COMISIÓN)
DENUNCIANTE : LABORATORIOS FARMACÉUTICOS LASER
S.A. (LABORATORIOS LÁSER)
DENUNCIADO : DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS,
INSUMOS Y DROGAS – DIGEMID (DIGEMID)
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRODUCTOS
FARMACÉUTICOS, SUSTANCIAS QUÍMICAS
MEDICINALES Y PRODUCTOS BOTÁNICOS
SUMILLA: en el procedimiento seguido por Laboratorios Farmacéuticos
Láser S.A. frente a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y
Drogas – Digemid, la Sala ha resuelto confirmar la Resolución N° 0014-
2005/CAM-INDECOPI, emitida por la Comisión de Acceso al Mercado el
26 de enero de 2005, que declaró infundada la denuncia por la
imposición de barreras burocráticas ilegales. Ello, teniendo en
consideración que al denegar la inscripción en el Registro Sanitario de
los productos de la empresa denunciante, la Digemid actuó de
conformidad a las normas que rigen el procedimiento de registro para
la comercialización de medicamentos.
Lima, 11 de mayo de 2005
I ANTECEDENTES
El 23 de agosto de 2004, Laboratorios Láser denunció a la Digemid al
considerar que la actuación de esta última - mediante la cual denegó el
registro sanitario de los medicamentos denominados Dolorub Ungüento”,
Dolorub Forte Ungüento” y “Dolorub Extraforte Ungüento”, constituye la
imposición de una barrera burocrática ilegal que impide su acceso al
mercado de comercialización de medicamentos. La denunciante manifestó lo
siguiente:
- El 25 de mayo del 2001, el señor Marcos Martín Orihuela Luy solicitó
ante la Oficina de Signos Distintivos del Indecopi (en lo sucesivo, la
OSD), la cancelación de la marca Dolorub inscrita a favor de la
empresa Belusa S.R.Ltda., para distinguir medicamentos y similares
de la Clase 5 de la Clasificación Internacional. Esta solicitud fue
declarada fundada el 29 de setiembre del 2001.
- El 10 de octubre del 2001, el señor Orihuela solicitó el registro de la
marca Dolorub en la Clase 5 de la Clasificación Internacional ante la
OSD del Indecopi. Sin embargo, el Laboratorio Maver Ltda. (de

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