Sentencia nº 000443-2004/SCO de Sala concursal, 16 de Julio de 2004

Fecha de Resolución16 de Julio de 2004
EmisorSala concursal
Expediente032-2000/CRP-INDECOPI-PUCP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 0443-2004/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 032-2000/CCO-ODI-PUC
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA (LA COMISIÓN)
DEUDOR : PLANINSA S.A. EN LIQUIDACIÓN (PLANINSA)
IMPUGNANTE : ENRIQUE DE LA LLAVE GUELPA (SEÑOR DE LA
LLAVE)
MATERIA : IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
IMPROCEDENCIA
APLICACIÓN ULTRAACTIVA DE LA LEY DE
REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE
TEJIDOS DE PLÁSTICO, EXCEPTO PRENDAS DE
VESTIR
SUMILLA:
(i) La declaración de nulidad de oficio reserva a los administrados un
papel limitado a poner en conocimiento de la administración la
existencia de un vicio susceptible de invalidar un acuerdo de Junta
de Acreedores. En ese sentido, en caso que la autoridad decida no
ejercer tal potestad por no haber constatado perjuicio a la
colectividad de acreedores, no existe afectación de derecho
subjetivo alguno de los administrados que los legitime para
impugnar dicha decisión.
(ii) La aplicación ultraactiva de la Ley de Reestructuración Empresarial a
los procedimientos concursales iniciados bajo su vigencia tiene por
finalidad evitar la alteración de la situación jurídica de los
administrados a fin de no afectar los derechos y obligaciones que
asistían a éstos bajo dicho marco legal, otorgándoles seguridad
jurídica en sus relaciones sustantivas y procesales.
Lima, 16 de julio de 2004
I. ANTECEDENTES
Por Resolución Nº 003-95-CSA-INDECOPI/EXP-152 del 6 de octubre de 1995, la
Comisión declaró la insolvencia de Planinsa. El 30 de marzo de 2000, la Junta de
Acreedores acordó la liquidación de dicha empresa y designó como liquidador a
Asesoría y Negocios Financieros S.A. (en adelante, ASFINSA).
El 7 de diciembre de 2001, la Junta de Acreedores acordó aprobar el Convenio de
Liquidación de Planinsa y suscribió con ASFINSA dicho instrumento concursal.
El 13 de junio de 2003, el señor De La Llave, acreedor laboral reconocido de
Planinsa, solicitó que se declare la nulidad de la reunión de Junta de Acreedores

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