Sentencia nº 002441-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 31 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente008-2009/003-001/CCO-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2441-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 008-2009-003-00 1/CCO-INDECOPI-LAL
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI EN LA LIBERTAD
ACREEDOR : BANCO CONTINENTAL
DEUDOR : MERCEDES URDAMPILLETA RAMÍREZ CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CRÉDITOS COMERCIALES
MEDIDA CAUTELAR
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
SUMILLA: se declara que carece de objeto que la Sala de Defensa de la
Competencia 1 emita pronunciamiento respecto del pedido formulado por la
señora Mercedes Urdampilleta Ramírez para que se suspendan los efectos
de la Resolución 1379-2009/INDECOPI-LAL del 21 de diciembre de 2009, que
reconoció créditos a favor del Banco Continental frente a dicha señora, toda
vez que por Resolución 2440-2010/SC1-INDECOPI esta Sala ha emitido un
pronunciamiento que resuelve de manera definitiva el reconocimiento de
créditos del Banco Continental frente a la deudora concursada.
Lima, 31 de agosto de 2010
ANTECEDENTES
1. El 6 de julio de 2009, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en La
Libertad (en adelante, la Comisión) publicó la disolución y liquidación del
patrimonio de la señora Mercedes Urdampilleta Ramírez (en adelante, la
señora Urdampilleta) en el diario oficial “El Peruano”, en aplicación del
artículo 692-A del Código Procesal Civil y del artículo 30 de la Ley General
2. Por escrito presentado el 19 de agosto de 2009, complementado el 20 de
octubre de 2009, Banco Continental (en adelante, el Banco) solicitó el
reconocimiento de créditos frente a la señora Urdampilleta ascendentes a
US$ 106 994,18 por capital y US$ 313 254,89 por intereses derivados del
pagaré 3509901694.
3. Por Resolución 1379-2009/INDECOPI-LAL del 21 de diciembre de 2009, la
Comisión reconoció créditos a favor del Banco frente a la señora
Urdampilleta ascendentes a US$ 106 994,18 por capital y US$ 310 449,12
por intereses, a los cuales otorgó el tercer orden de preferencia hasta la
suma de US$ 180 000,00 y el quinto orden de preferencia hasta la suma de
US$ 237 443,301.
1 Por Resoluci ón 3089-2009/INDECOPI-LA M del 17 de agosto de 2009, la Comisión enmendó la Resolución 1379-
2009/INDECOPI-LAL en el extremo que reconoció créditos a favor del Banco frente a la señora Urdampilleta
ascendentes a US$ 237 434,30 por intereses, precisand o que en realidad c orrespondía reconocer por tal concepto

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