Sentencia nº 000846-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Abril de 2011
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2011 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 040-1999/CSM-ODI-CCPL-04-01 |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0846-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 40-1999/CSM-ODI- CCPL-04-01
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : SEDAC S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PRIMA AFP S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRENDAS DE VESTIR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 6575-2010/CCO-INDECOPI del 9 de
septiembre de 2010, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos
a favor de Prima AFP S.A. frente a Sedac S.A. en Liquidación, ascendentes a
S/. 168,76 por capital y S/. 115,98 por intereses derivados de las comisiones
impagas, les corresponde el quinto orden de preferencia; y, se desestima el
pedido formulado por Prima AFP S.A. para que se inaplique a su solicitud de
General del Sistema Concursal, modificado por el artículo 15 del Decreto
Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de preferencia a los créditos,
toda vez que dicho dispositivo no contraviene lo dispuesto por el artículo 24
Lima, 13 de abril de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 6575-2010/CCO-INDECOPI del 9 de septiembre de
2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) reconoció créditos de origen previsional que mantiene Prima AFP
S.A. (en adelante, Prima) frente a Sedac S.A.1 en Liquidación ascendentes a
S/. 860,06 por capital y S/. 591,11 por intereses; otorgando a los créditos
ascendentes a S/. 691,30 por capital y S/. 475,13 por intereses el primer
orden de preferencia y a los créditos ascendentes a S/. 168,76 por capital y
S/. 115,98 por intereses el quinto orden.
2. El 30 de septiembre de 2010, Prima apeló la Resolución 6575-2010/CCO-
INDECOPI en el extremo que otorgó el quinto orden de preferencia a los
créditos ascendentes a S/. 168,76 por capital y S/. 115,98 por intereses,
alegando que el Decreto Legislativo 1050 desagrega en dos partes el aporte
previsional de los trabajadores –una correspondiente al fondo y al seguro, al
que le otorga el primer orden de preferencia, y otra correspondiente a la
1 El 28 de junio de 1999, la Comi sión publ icó en el diario oficial “ El Peruano” la insolvencia de Sedac S.A. en
Liquidación.
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