Sentencia nº 000679-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 10 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente145-2001/CRP-ODI-UL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0679-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 145-2001/CRP-ODI-UL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION AD HOC DE LA OFICINA
DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI EN LA
UNIVERSIDAD DE LIMA (LA COMISION AD HOC)
COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA UNIVERSIDAD DE LIMA (LA COMISION)
DEUDOR : SARA SUSANA REYNOSO RODRIGUEZ (SEÑORA
REYNOSO)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO TRANSITORIO
DECLARACION DE INSOLVENCIA
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES DE ENTRETENIMIENTO N.C.P.
SUMILLA: en el Procedimiento Transitorio de la señora Sara Susana
Reynoso Rodriguez la Sala ha resuelto confirmar en todos sus extremos la
Resolución N° 1067-2001/CRP-ODI-UL emitida por la Comisión de
Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en
la Universidad de Lima el 31 de julio de 2001 mediante la cual declaró la
insolvencia de dicha deudora, toda vez que venció el plazo para aprobar el
proyecto de convenio de saneamiento sin que la junta de acreedores haya
adoptado una decisión al respecto.
Lima, 10 de octubre de 2001
I ANTECEDENTES
El 22 de diciembre de 2000, la señora Reynoso solicitó ingresar al Procedimiento
Transitorio establecido en el Decreto de Urgencia N° 064-99, ante la Fedataria
señorita Ruth Alessandra Ramos Rivas – en adelante, la Fedataria -.
Admitida a trámite dicha solicitud, se efectuaron las publicaciones
correspondientes en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “Sol de Oro” el 29
de diciembre de 2000 y 2 de enero de 2001, para dar a conocer el acogimiento de
la señora Reynoso al Procedimiento Transitorio y convocar a junta de acreedores
para los días 13, 16 y 21 de febrero de 2001.
El 16 de febrero de 2001, en segunda convocatoria, se instaló la junta de
acreedores con la asistencia del 96,429% de los créditos reconocidos, acordando
reunirse nuevamente el 12 de marzo de 2001 a efectos de decidir sobre el
convenio de saneamiento a ser presentado por la deudora. El 26 de febrero de
2001 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la convocatoria a junta para el 12
de marzo de 2001. De acuerdo a la certificación emitida por la Fedataria que obra
a fojas 103 del expediente, la junta de acreedores no pudo instalarse en la fecha
fijada por no alcanzar el quórum exigido por ley, al no haber asistido ningún
acreedor.

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