Sentencia nº 001192-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 14 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente137-2004/03-01/CCO-ODI-ULI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 1192-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 137-2004-03-01/CCO-ODI-ULI
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEL INDECOPI (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : BANCO DE COMERCIO
DEUDOR : SOCIEDAD CONYUGAL AUGUSTO JARA CALDAS
Y BRIGIDA ANYACO DE JARA
(SOCIEDAD CONYUGAL JARA ANYACO)
IMPUGNANTE : JUNTA DE USUARIOS DEL DISTRITO DE RIEGO
CHANCAY-HUARAL (LA JUNTA DE USUARIOS)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
COMERCIALES
CRÉDITOS CONTINGENTES
Lima, 14 de noviembre de 2005
ANTECEDENTES
Por Resolución Nº 0731-2005/CCO-INDECOPI del 18 de enero de 2005, la
Comisión reconoció créditos a favor de Banco de Comercio frente a la
sociedad conyugal Jara Anyaco
1
, ascendentes a S/. 50 333,00 por capital y
S/. 175 827,29 por intereses, derivados del Pagaré Nº 93-60400, a los
cuales se les otorgó el tercer orden de preferencia hasta el monto de
US$ 20 776,00.
El 24 de mayo de 2005, la Junta de Usuarios, acreedor reconocido de la
sociedad conyugal Jara Anyaco, ape la citada resolución señalando que
correspondía registrar como contingentes los créditos invocados por Banco
de Comercio por las siguientes consideraciones: (i) los referidos créditos se
encontraban controvertidos judicialmente en un proceso de ejecución de
garantías seguido por dicho acreedor contra la sociedad conyugal Jara
Anyaco ante el Trigésimo Juzgado Civil de Lima; y, (ii) existe un proceso
penal en trámite iniciado contra los representantes del Banco de Comercio
por la presunta comisión de delito contra el patrimonio en la modalidad de
estafa y defraudación en agravio de la sociedad conyugal Jara Anyaco, por
el supuesto llenado indebido del Pagaré Nº 93-60400.
El 15 de agosto de 2005, la Junta de Usuarios presentó un escrito
informando que la sociedad conyugal Jara Anyaco interpuso una demanda
de amparo constitucional contra el INDECOPI destinada a que el Poder
Judicial ordene la suspensión del procedimiento de reconocimiento de
créditos seguido por Banco de Comercio, a fin de evitar una presunta
afectación a su derecho al debido proceso.
1
Mediante aviso publicado el 9 de agosto de 2004 en el diario oficial El Peruano, se hizo pública la situación de
concurso de la sociedad conyugal Jara Anyaco, convocándose a sus acreedores para que soliciten el
reconocimiento de sus créditos.

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