Sentencia nº 000624-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-2033/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0624-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-2033/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR A : ROSA ELENA VIGIL ODAR
IMPUGNANTE : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C. EN REPRESENTACIÓN DE LA ACREEDORA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0607-2009/INDECOPI-LAM del 31 de
marzo de 2009 que declaró fundado el recurso de reconsideración
interpuesto por la señora Rosa Elena Vigil Odar y reconoció a su favor
créditos ascendentes a S/. 61 406,01 por capital y S/. 18 855,89 por intereses,
debido a que la acreedora invocó dicho importe y la autoridad concursal no
puede reconocer una cuantía mayor a la solicitada conforme a lo dispuesto
por el articulo VII del Título Preliminar del Código Procesal Civil.
Lima, 7 de marzo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de abril de 2005, la señora Rosa Elena Vigil Odar (en adelante, la
trabajadora) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en
Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos
laborales frente a Agro Pucalá S.A.A. (en adelante, Agro Pucalá)1
ascendentes a S/. 61 406,01 por capital y S/. 18 855,89 por intereses
derivados de la Compensación por Tiempo de Servicios (en adelante, CTS),
y adeudos laborales, devengados al 20 de febrero de 2005.
2. El 4 de abril de 2008, la Secretaría Técnica de la Comisión requirió a la
trabajadora, entre otros aspectos, que presente una liquidación detallada de
sus créditos.
3. El 21 de mayo de 2008, Agro Pucalá reconoció adeudar a favor de la
trabajadora créditos ascendentes a S/. 61 406,01 por capital y S/. 18 855,89
por intereses.
1 Mediante Resolución 0024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la Comisión declaró la situación d e
concurso de Agro Pucalá S.A.A. Dicha situación fue publicada en el Diario Oficial “E l Peruano” el 2 1 de febrero d e
2005.

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