Sentencia nº 000625-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-1392/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0625-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-1392/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : SUCESIÓN INTESTADA DEL SEÑOR JOSÉ TITO
LLONTOP HERNÁNDEZ
IMPUGNANTE : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C. EN REPRESENTACIÓN DEL ACREEDOR
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0590-2009/INDECOPI-LAM del 31 de
marzo de 2009, que declaró fundado el recurso de reconsideración
interpuesto por la Sucesión Intestada del señor José Tito Llontop Hernández
y reconoció a su favor frente a Agro Pucalá S.A.A. créditos ascendentes a
S/. 17 050,85 por capital y S/. 26 202,80 por intereses, debido a que la
autoridad concursal no puede reconocer una cuantía mayor a la solicitada
por la acreedora conforme a lo dispuesto por el articulo VII del Título
Preliminar del Código Procesal Civil.
Lima, 7 de marzo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 5 de abril de 2005, la señora Teotista Torres de LLontop (en adelante, la
solicitante) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en
Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos
laborales del señor José Tito Llontop Hernández (en adelante, el ex
trabajador) frente a Agro Pucalá S.A.A. (en adelante, Agro Pucalá)1
ascendentes a S/. 17 050,85 por capital y S/. 26 202,80 por intereses2
derivados de la Compensación por Tiempo de Servicios (en adelante, CTS)3.
1 Mediante Resolución 0024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la Comisión declaró la situación d e
concurso de Agro Pucalá S.A.A. Dicha situación fue publicada en el Diario Oficial “E l Peruano” el 2 1 de febrero d e
2005.
2 P ara sustentar su solicitud, la Sucesión presentó, entre otros documentos, una liquidación de benefici os sociales y
un documento denominado “Tr ansacción Extrajudicial”.
3 El 16 de diciembre de 2005, l a solicitante presentó los siguientes documentos: (i) copia d el registro de Sucesión
Intestada, en la cual se ap recia que los herederos del ex tr abajador son su cónyuge, la señora T eotista Torres Viuda
de Llontop– la solicitante– y sus hijos, los señores Rolando Om ar Martín y Tito Andrés Llontop Torres; y, (ii) copia
del poder otorgado por los señores que c onforman la Sucesión del ex trabajador a favor de la solicitante,
para que realice todas las acci ones relacionadas con el reconocimiento de sus crédit os.

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