Sentencia nº 000809-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente033-2010/CCO-INDECOPI-01-474
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0809-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 033-2010/CCO-INDE COPI-01-474
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : DOE RUN PERÚ S.R.L.
ACREEDOR : RUBEN RAÚL CÓRDOVA MAYTA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
REMUNERACIONES Y OTROS
ACTIVIDAD : FUNDICIÓN DE METALES NO FERROSOS
SUMILLA: se dispone, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 91.3 de la
Ley General del Sistema Concursal, excluir del procedimiento concursal de
Doe Run Perú S.R.L. los créditos reconocidos a favor del señor Rubén Raúl
Córdova Mayta, devengados con posterioridad al 16 de agosto de 2010,
fecha en la que se publicó el inicio de concurso de la empresa deudora. La
razón es que Doe Run Perú S.R.L. ha pasado de una liquidación en marcha a
un proceso de reestructuración.
En consecuencia, se declara que CARECE DE OBJETO pronunciarse
respecto de la apelación interpuesta por Right Business S.A. administradora
de Doe Run Perú S.R.L. contra la Resolución 7241-2012/CCO-INDECOPI del 9
de noviembre de 2012.
Lima, 16 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. En el procedimiento de reconocimiento de créditos de origen laboral seguido
por el señor Rubén Raúl Córdova Mayta (en adelante, el trabajador) frente a
Doe Run Perú S.R.L.1 (en adelante, Doe Run), la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) resolvió
mediante Resolución 9335-2010/CCO-INDECOPI del 26 de noviembre de
2010, lo siguiente:
(i) reconocer la totalidad de los créditos invocados ascendentes a
S/. 5 712,44 por capital2 (los mismos que no contienen –según la
Comisión– los reintegros de remuneración mensual del 30% de mayo y
junio de 2010); y,
(ii) declarar inadmisible la solicitud de reconocimiento del crédito por
reintegro de remuneración mensual del 30% de los meses de mayo y
junio de 20103.
1 El 16 de agosto de 2010, la Comis ión publicó en el diario oficial “El Peruano” la situación de c oncurso de Doe Run.
2 Los c réditos reconocidos a favor del trabajador se deri van de la CTS cor respondiente al segundo semestre del 2009 y
primer semestre del 2010 y reintegros por aumentos y paz laboral (2009 – 2010).
3 La Comisión declaró inadmisible dicho extremo pues consideró que el trabajador, a pesar del requerimiento efectuado, no
precisó la cuantía invocada por dicho c oncepto.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR