Sentencia nº 003661-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente020-2007/CCO-INDECOPI-03-05
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defens a de la Competencia
RESOLUCIÓN 3661-2012/SDC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 020-2007/CC O-INDECOPI-03-05
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES LIMA
SUR
DEUDOR : INMOBILIARIA LOS SAUCES S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : INMOBILIARIA EL ALGARROBO S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS COMERCIALES
NULIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 6984-2011/CCO-INDECOPI del
12 de septiembre de 2011, que declaró infundada la solicitud de reconocimiento
de créditos presentada por Inmobiliaria El Algarrobo S.A.C. frente a Inmobiliaria
Los Sauces S.A. en Liquidación y, REFORMÁNDOLA, se DISPONE que la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur emita un nuevo
pronunciamiento respecto de dicha solicitud, cumpliendo para ello con realizar
una investigación en observancia del procedimiento de verificación de créditos
establecido en el artículo 38.5 de la Ley General del Sistema Concursal y en el
precedente de observancia obligatoria aprobado por Resolución 079-97-TDC. La
razón es que la labor de investigación efectuada por la Comisión resultó
insuficiente para determinar la existencia, origen, cuantía y titularidad de los
créditos invocados por Inmobiliaria El Algarrobo S.A.C.
Lima, 28 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 11 de junio de 2007, se publicó en el diario oficial El Peruano la disolución y
liquidación de Inmobiliaria Los Sauces S.A. (en adelante, Inmobiliaria Los Sauces)1.
Posteriormente, el 19 de abril de 2011, la junta de acreedores designó a
Consultores Patrimoniales S.A.C. como entidad liquidadora del mencionado
deudor. Finalmente, en reunión del 17 de agosto de 2011 se aprobó el convenio de
liquidación respectivo.
2. Por escrito presentado el 26 de octubre de 2009, Inmobiliaria El Algarrobo S.A.C.
(en adelante, Inmobiliaria El Algarrobo) solicitó el reconocimiento de créditos
ascendentes a US$ 600 000,00 por capital, US$ 972 000,00 por intereses y
US$ 3 000,00 por gastos. De acuerdo con lo informado por el solicitante,
1 Por Resolución 1818-2007/CCO-INDECOPI del 12 de febrero de 2007, la Comisión dispuso, en cumplimiento de la
Resolución 13 del 29 de agosto de 2006 emitida por el Cuadragésimo Séptimo Juzgado Civil de Lima y de acuerdo con lo
señalado en el artículo 703 del Código Procesal Civil, la publicación de l a disolución y liquidación de Inmobiliaria Los
Sauces.

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