Sentencia nº 001508-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 3 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1690-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia N°2
RESOLUCIÓN1508-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1690-2008/CPC
M-SC2-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : RODOLFO MORA ITO
DENUNCIADO : INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIVADA DOMINGO
SAVIO
MATERIA : IDONEIDAD
DEBER DE INFORMACIÓN
DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES
ECONÓMICOS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA SECUNDARIA FORMACIÓN GENERAL
SUMILLA: Se confirma la Resolución 0008-2009/CPC del 5 de enero de 2009
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor, en el extremo que
declaró fundada la denuncia interpuesta por el señor Rodolfo Mora Ito contra
Institución Educativa Privada Domingo Savio por infracción del artículo 5°
literal d) del Decreto Legislativo 716, debido a que ha quedado acreditado el
cobro de cuotas extraordinarias; se revoca, en el extremo que declaró
fundada la denuncia por infracción del artículo 5° literal d) del Decreto
Legislativo 716 y reformándola, se declara infundada, al no haberse
acreditado que se obligue la compra del uniforme escolar en su
establecimiento; se revoca en el extremo que declaró infundada la denuncia
por infracción del artículo literal d) del Decreto Legislativo 716 y
reformándola, se declara fundada, al haberse acreditado que el denunciado
cobra las pensiones escolares de manera adelantada.
De la misma forma, se revoca la Resolución 0008-2009/CPC en el extremo
referido a la medida correctiva y, reformándola, se ordena a la denunciada
que en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificada la presente, cumpla
con reembolsar a favor del denunciante el importe cancelado por gastos
administrativos y clases de natación, el mismo que asciende a S/. 900, 00.
SANCION: 2 UIT
Lima, 3 de setiembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 7 de julio de 2008, el señor Rodolfo Mora Ito (en adelante, el señor Mora)
denunció a la Institución Educativa Privada Domingo Savio
1
(en adelante, el
1
Ubicada en Av. Ayacucho 1411, Urbanización Liguria – Santiago de Surco.

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