Sentencia nº 001072-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Abril de 2012

Fecha de Resolución12 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2744-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1072-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2744-2009/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : FORTUNATO SALCEDO ANTAY
DENUNCIADO : MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.
MATERIA : DEBER DE INFORMACIÓN
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
N.C.P.
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo apelado
que declaró fundada la denuncia, al haber quedado acreditado que la carta
de respuesta cursada por el denunciado no atendió la solicitud de
información presentada por el denunciante.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 12 de abril de 2012
ANTECEDENTES
1. El 12 de octubre de 2009, el señor Fortunato Salcedo Antay (en adelante, el
señor Salcedo) denunció a Mibanco – Banco de la Microempresa S.A.1 (en
adelante, el Banco) ante la Comisión de Protección al Consumidor por
infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2,
indicando que el denunciado:
(i) No cumplió con contestar su carta del 20 de agosto de 2009, mediante
la cual solicitó que le proporcione la siguiente información:
(a) El tipo de crédito otorgado, las tasas de interés aplicadas,
incluyendo el interés compensatorio, moratorio, penalidades,
comisiones y gastos;
(b) copia de la solicitud del crédito, del contrato y demás documentos
suscritos por su persona;
(c) los saldos y cuotas pendientes de pago;
(d) monto exacto desembolsado y la retención;
(e) el historial de pagos; y,
(ii) al parecer no estaría calculando correctamente su deuda, por lo que
solicitó que la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi verifique
el importe de la misma.
1 RUC: 2 0510200145 y con d omicilio fiscal en: Cal. Domingo de Orue 165, URB. Limatambo, distrito de Surquillo,
provincia y departamento de Lim a.
2 El Decreto Legislativo 716, Ley de Pr otección al Consumidor y sus modificatorias han sido consolidad os en el Texto
Único Ordenado de la Ley de Pr otección al Consumidor, aprobado mediante Decr eto Supremo 006-2009-PCM.

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